UBS AGENCIA DE VALORES CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de junio de 2026
- Repertorio
- 48637-2026
Sociedad
- Capital
- $1.426.860 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO ANDRÉS PINARES ALVARADO, Notario Suplente del Titular de la 2° Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 15 de Junio del año 2026, Repertorio N°48.637-2026, ante mí, CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (LATAM HOLDINGS) LLC, UBS AG y UBS ASESORES S.A., todos domiciliados para estos efectos en calle Magdalena N°181, piso 11, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron la sociedad UBS AGENCIA DE VALORES CHILE LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”), Rol Único Tributario N°76.141.333-3, inscrita a fojas 16.312, número 12.349, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, en el sentido de: Uno. Disminución de capital. Los actuales y únicos socios de la Sociedad, CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (LATAM HOLDINGS) LLC y UBS AG, acordaron disminuir el capital social desde la suma de $1.426.860.000 a la suma de $1.408.637.570, esto es, en la suma de $18.222.430, sin restitución de aportes a los socios. Dos. Cesión de derechos. CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (LATAM HOLDINGS) LLC vendió, cedió y transfirió a UBS ASESORES S.A. la totalidad de los derechos sociales que le correspondían en la Sociedad. El precio de la cesión, determinado conforme a su valor de libros, fue la suma de $7.335.102, pagada al contado. Como consecuencia, se retira de la Sociedad CREDIT SUISSE FIRST BOSTON (LATAM HOLDINGS) LLC e ingresa como socio UBS ASESORES S.A., quedando como únicos socios: a) UBS AG, a quien corresponde la suma de $1.407.228.932, equivalente al 99,9% de los derechos sociales; y b) UBS ASESORES S.A., a quien corresponde la suma de $1.408.638, equivalente al 0,1% de los derechos sociales. Tres. Modificación de estatutos. Como consecuencia de lo anterior, se reemplaza íntegramente el artículo quinto de los estatutos sociales. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de Junio de 2026.