METALDOOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de junio de 2026
- Repertorio
- 4919/2026
- Notario
- MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- la Comuna de Puente Alto
- Duración
- 10 años renovables cada 05 años
- Ley aplicable
- Ley N°19.857
Objeto social
La realización de todas las actividades y negocios comerciales que el socio acuerde, en especial, la elaboración, fabricación, compra, venta, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, de productos industriales, insumos o accesorios, incluyendo entre otros, puertas y cortinas industriales, como asimismo, todo tipo de estructuras metálicas y cualquiera otra actividad relacionada con el rubro, o que sirva al
Administración
corresponde al Titular Don Eliseo Antonio Castillo Plaza, facultades cláusula 9na Escritura extractada
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Factor de Comercio | socio | 15566015-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 578, Santiago. Certifica: Por escritura de fecha de hoy, repertorio N° 4919/2026, ante mí, los señores Cristian Alfredo Diaz Palma, chileno, casado y separado de bienes, Factor de Comercio, CI N°15.566.015-5, Johana Andrea Soto Muñoz, chilena, casada y separada de bienes, Ingeniero Comercial, CI N°17.374.661-K, ambos con domicilio en Altamirano N°2466, Comuna de Independencia, y Eliseo Antonio Castillo Plaza, chileno, soltero, empresario, 32 años de edad, CI N°18.829.321-2, domiciliado en Del Sembrador N°1810, Villa alianza I, Comuna de Puente Alto, modifican y transforman sociedad “METALDOOR LIMITADA”, constituida con fecha 28 de noviembre del 2018, ante el Notario de Santiago, Don Juan Ricardo San Martin Urrejola, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 92.160, bajo el número 47.262, correspondiente al año 2018, la cual ha funcionado con el RUT N°76.957.688-6, se retiran los socios Don Cristian Alfredo Diaz Palma y Doña Johana Andrea Soto Muñoz, quienes venden, ceden y transfieren sus derechos sociales al socio que ingresa Don Eliseo Antonio Castillo Plaza, quedando éste ultimo como único socio; como consecuencia de la venta señalada, y en razón de quedar un solo interesado, Don Eliseo Antonio Castillo Plaza, chileno, soltero, 32 años de edad, Empresario, CI N°18.829.321-2, domiciliado en Del Sembrador N°1810, Villa Alianza I, Comuna de Puente Alto, ha determinado transformarla en una empresa individual de responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones del estatuto social que se consigna a continuación y en todo lo no previsto por éste, por las normas de la Ley N°19.857, por las disposiciones pertinentes de los Códigos Civil y de Comercio y por las demás leyes aplicables a las sociedades de esta naturaleza, bajo el nombre “ESTRUCTURAS METALICAS ELISEO ANTONIO CASTILLO PLAZA E.I.R.L.” y fantasía “METALDOOR E.I.R.L.”. Objeto: La realización de todas las actividades y negocios comerciales que el socio acuerde, en especial, la elaboración, fabricación, compra, venta, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, de productos industriales, insumos o accesorios, incluyendo entre otros, puertas y cortinas industriales, como asimismo, todo tipo de estructuras metálicas y cualquiera otra actividad relacionada con el rubro, o que sirva al objeto social.-. Administración: corresponde al Titular Don Eliseo Antonio Castillo Plaza, facultades cláusula 9na Escritura extractada. Capital: $10.000.000, aportados y enterados en este acto, en dinero efectivo, ya ingresados a Caja Social.- Responsabilidad: limitada por obligaciones contraídas dentro de su giro y el monto de aporte del titular. Duración: 10 años renovables cada 05 años. Domicilio: la Comuna de Puente Alto, sin perjuicio de que pueda ejercer sus actividades en todo el territorio nacional y en el extranjero, para lo cual podrá abrir y cerrar toda clase de oficinas, agencias o sucursales y constituir domicilios especiales. Demás estipulaciones en Escritura extractada. Santiago, 22 de junio de 2026.-