Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2026
- Notario
- CAROLINA ANDREA LEIVA PÉREZ
- Oficio
- Primera Notaría de Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $169.975 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto del negocio serán las inversiones inmobiliarias; alojamiento/arriendo de inmuebles amoblados, hotelería y en general cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior o que los socios acuerden
Administración
La administración de la Empresa y el uso de su razón social corresponderá a doña KARINA ALEJANDRA MAJMUD LOPEZ, con las más amplias facultades de administración y disposición detalladas en el pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLINA ANDREA LEIVA PÉREZ, Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Antofagasta, CERTIFICA: Que por escritura pública de fecha 12 de mayo de 2026, ante mí, doña KARINA ALEJANDRA MAJMUD LOPEZ, chilena, soltera, empresario, cédula de identidad nacional número diecisiete millones diecinueve mil ciento setenta y ocho guion uno, con domicilio en calle Coronel Emilio Sotomayor número doscientos cincuenta y cinco, ciudad y comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta; constituyó una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada bajo las siguientes estipulaciones: Nombre: El nombre de la Sociedad será "Inversiones Costa Mar SpA". Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta. Duración: Indefinida a contar de esta fecha. Objeto: El objeto del negocio serán las inversiones inmobiliarias; alojamiento/arriendo de inmuebles amoblados, hotelería y en general cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior o que los socios acuerden. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de ciento setenta y nueve millones novecientos setenta y cinco mil quinientos seis pesos ($169.975.506). El capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto por el constituyente, mediante la dación en pago y aporte en dominio del cien por ciento de los derechos de que es titular sobre tres inmuebles, debidamente singularizados en las cláusulas transitorias de la escritura extractada. Responsabilidad: La responsabilidad del constituyente queda limitada al monto de su aporte. Administración y representación: La administración de la Empresa y el uso de su razón social corresponderá a doña KARINA ALEJANDRA MAJMUD LOPEZ, con las más amplias facultades de administración y disposición detalladas en el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 16 de junio de 2026.