INVERSIONES ANDES SUR SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de junio de 2026
- Repertorio
- 5725
- Notario
- Abogado
- Oficio
- Segunda Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Capital
- $44.346 CLP
- Duración
- La presente sociedad tendrá una duración de cinco años, contados desde el otorgamiento del presente instrumento, plazo que se renovará de forma tácita y sucesiva si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término con aviso previo de noventa días al término del plazo o alguna de sus prorrogas
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Gary Gastón Rodríguez Ferrada, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y dos guion cinco, para que represente a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo autocontratar, quien podrá actuar personalmente o por intermedio de uno o más mandatarios cuya designación y remoción será hecha por decisión unilateral y discrecional del Administrador
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta 478, certifico: que ante mí por escritura pública de 18 de junio del 2026, bajo el repertorio Nº5725, don GARY GASTÓN RODRÍGUEZ FERRADA, ingeniero naval, Rut 10.555.362-5, y doña KARINA VALERIA BOBADILLA ORTIZ, asistente social, Rut 15.811.531-k , ambos domiciliados en Volcán Aracar 100, Valle Volcanes, Puerto Montt, modificaron la sociedad “INVERSIONES ANDES SUR SpA”, del giro de su denominación, Rut 78.431.094-9 hoy “INVERSIONES ANDES SUR LIMITADA”, inscrita a fojas 546 vta Nº280 del Registro de Comercio de Puerto Montt del año 2026, de un capital de $44.346.555. Se modifica el estatuto en los siguientes términos: / I / Aumento Capital. Los comparecientes acordaron aumentar el capital de $44.346.555 a $46.680.584, emitiéndose 53 acciones que se suscriben y pagan por doña Karina Valeria Bobadilla Ortiz, quien paga la cantidad de 53 acciones por un valor de cuarenta y cuatro mil treinta y ocho pesos por acción, esto es la suma total de dos millones trescientos treinta y cuatro mil veintinueve pesos, valor que se paga en este acto y en dinero en efectivo monto que queda ingresado en este acto en la caja social. / II / Modificación estatutos: Uno) ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad a valor histórico es la cantidad de cuarenta y seis millones seiscientos ochenta mil quinientos ochenta y cuatro pesos divididos en mil cincuenta y tres acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, todas de igual valor y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en las disposiciones transitorias de los presentes estatutos. La Sociedad no reconoce división de acciones. En caso de una o más acciones pertenezcan en común a varias personas, los codueños estarán obligados a designar un representante común para actuar ante la sociedad. Dos) ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad asciende a la suma de cuarenta y seis millones seiscientos ochenta mil quinientos ochenta y cuatro pesos, moneda de curso legal, dividido en mil cincuenta y tres acciones iguales, de una misma serie, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas al contado y en dinero en efectivo en las siguientes cantidades y proporciones: a) don GARY GASTÓN RODRÍGUEZ FERRADA, con mil acciones, por un valor total equivalente en moneda de curso legal, a cuarenta y cuatro millones trescientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y cinco pesos, suma que fue pagada en dinero efectivo y al contado ingresó a la caja social, entendiéndose íntegramente suscritos y pagadas; b) doña KARINA VALERIA BOBADILLA ORTIZ, con cincuenta y tres acciones, por un valor total equivalente en moneda de curso legal, a dos millones trescientos treinta y cuatro mil veintinueve pesos, suma que fue pagada en dinero efectivo y al contado ingresó a la caja social, entendiéndose íntegramente suscritos y pagadas.” / III / Transformación social: Estatutos sociedad Inversiones Andes Sur Limitada: Razón Social: “INVERSIONES ANDES SUR LIMITADA”. Administración: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Gary Gastón Rodríguez Ferrada, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y dos guion cinco, para que represente a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo autocontratar, quien podrá actuar personalmente o por intermedio de uno o más mandatarios cuya designación y remoción será hecha por decisión unilateral y discrecional del Administrador. Capital: cuarenta y seis millones seiscientos ochenta mil quinientos ochenta y cuatro pesos, íntegramente pagados en acto de constitución, en dinero en efectivo, en la caja social, que corresponde a los socios de la siguiente manera: a) doña Karina Valeria Bobadilla Ortiz, con dos millones trescientos treinta y cuatro mil veintinueve pesos, equivalente al cinco por ciento del interés social; y b) don Gary Gastón Rodríguez Ferrada, con cuarenta y cuatro millones trescientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y cinco pesos, equivalente al noventa y cinco por ciento del interés social. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporables tales como acciones, derechos sociales, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; y b) efectuar todo otro contrato, negocio o inversión que los socios acuerden, esté o no dentro de su giro social. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones. Duración: La presente sociedad tendrá una duración de cinco años, contados desde el otorgamiento del presente instrumento, plazo que se renovará de forma tácita y sucesiva si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término con aviso previo de noventa días al término del plazo o alguna de sus prorrogas. Responsabilidad de los socios: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 22 de junio de 2026.