MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES ANDES SUR SpA

RUT 78431094-9 CVE 2830530
Capital
$44.346 CLP
Fecha instrumento
22 de junio de 2026
Notaría
Puerto Montt
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de junio de 2026
Repertorio
5725
Notario
Abogado
Oficio
Segunda Notaría de Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Sociedad

Capital
$44.346 CLP
Duración
La presente sociedad tendrá una duración de cinco años, contados desde el otorgamiento del presente instrumento, plazo que se renovará de forma tácita y sucesiva si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término con aviso previo de noventa días al término del plazo o alguna de sus prorrogas

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Gary Gastón Rodríguez Ferrada, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y dos guion cinco, para que represente a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo autocontratar, quien podrá actuar personalmente o por intermedio de uno o más mandatarios cuya designación y remoción será hecha por decisión unilateral y discrecional del Administrador

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Montt, con Oficio ubicado en esta ciudad, calle Urmeneta 478, certifico: que ante mí por escritura pública de 18 de junio del 2026, bajo el repertorio Nº5725, don GARY GASTÓN RODRÍGUEZ FERRADA, ingeniero naval, Rut 10.555.362-5, y doña KARINA VALERIA BOBADILLA ORTIZ, asistente social, Rut 15.811.531-k , ambos domiciliados en Volcán Aracar 100, Valle Volcanes, Puerto Montt, modificaron la sociedad “INVERSIONES ANDES SUR SpA”, del giro de su denominación, Rut 78.431.094-9 hoy “INVERSIONES ANDES SUR LIMITADA”, inscrita a fojas 546 vta Nº280 del Registro de Comercio de Puerto Montt del año 2026, de un capital de $44.346.555. Se modifica el estatuto en los siguientes términos: / I / Aumento Capital. Los comparecientes acordaron aumentar el capital de $44.346.555 a $46.680.584, emitiéndose 53 acciones que se suscriben y pagan por doña Karina Valeria Bobadilla Ortiz, quien paga la cantidad de 53 acciones por un valor de cuarenta y cuatro mil treinta y ocho pesos por acción, esto es la suma total de dos millones trescientos treinta y cuatro mil veintinueve pesos, valor que se paga en este acto y en dinero en efectivo monto que queda ingresado en este acto en la caja social. / II / Modificación estatutos: Uno) ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad a valor histórico es la cantidad de cuarenta y seis millones seiscientos ochenta mil quinientos ochenta y cuatro pesos divididos en mil cincuenta y tres acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, todas de igual valor y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en las disposiciones transitorias de los presentes estatutos. La Sociedad no reconoce división de acciones. En caso de una o más acciones pertenezcan en común a varias personas, los codueños estarán obligados a designar un representante común para actuar ante la sociedad. Dos) ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad asciende a la suma de cuarenta y seis millones seiscientos ochenta mil quinientos ochenta y cuatro pesos, moneda de curso legal, dividido en mil cincuenta y tres acciones iguales, de una misma serie, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas al contado y en dinero en efectivo en las siguientes cantidades y proporciones: a) don GARY GASTÓN RODRÍGUEZ FERRADA, con mil acciones, por un valor total equivalente en moneda de curso legal, a cuarenta y cuatro millones trescientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y cinco pesos, suma que fue pagada en dinero efectivo y al contado ingresó a la caja social, entendiéndose íntegramente suscritos y pagadas; b) doña KARINA VALERIA BOBADILLA ORTIZ, con cincuenta y tres acciones, por un valor total equivalente en moneda de curso legal, a dos millones trescientos treinta y cuatro mil veintinueve pesos, suma que fue pagada en dinero efectivo y al contado ingresó a la caja social, entendiéndose íntegramente suscritos y pagadas.” / III / Transformación social: Estatutos sociedad Inversiones Andes Sur Limitada: Razón Social: “INVERSIONES ANDES SUR LIMITADA”. Administración: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Gary Gastón Rodríguez Ferrada, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y dos guion cinco, para que represente a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo autocontratar, quien podrá actuar personalmente o por intermedio de uno o más mandatarios cuya designación y remoción será hecha por decisión unilateral y discrecional del Administrador. Capital: cuarenta y seis millones seiscientos ochenta mil quinientos ochenta y cuatro pesos, íntegramente pagados en acto de constitución, en dinero en efectivo, en la caja social, que corresponde a los socios de la siguiente manera: a) doña Karina Valeria Bobadilla Ortiz, con dos millones trescientos treinta y cuatro mil veintinueve pesos, equivalente al cinco por ciento del interés social; y b) don Gary Gastón Rodríguez Ferrada, con cuarenta y cuatro millones trescientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y cinco pesos, equivalente al noventa y cinco por ciento del interés social. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporables tales como acciones, derechos sociales, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; y b) efectuar todo otro contrato, negocio o inversión que los socios acuerden, esté o no dentro de su giro social. Para el cumplimiento de estos objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones. Duración: La presente sociedad tendrá una duración de cinco años, contados desde el otorgamiento del presente instrumento, plazo que se renovará de forma tácita y sucesiva si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término con aviso previo de noventa días al término del plazo o alguna de sus prorrogas. Responsabilidad de los socios: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 22 de junio de 2026.