EMGESA INGENIERÍA Y MONTAJES S.A.
Instrumento
- Fecha
- 25 de mayo de 2026
- Notario
- entidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guión cinco
- Oficio
- Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $750.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad número nueve millones cincuenta y seis mil novecientos quince guión cinco, Notario Público, Suplente de la Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, ante doña MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, notario titular de 38º notaria de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que con fecha 28 de mayo de 2026, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad anónima cerrada “EMGESA INGENIERÍA Y MONTAJES S.A.”, también denominada “EMGESA S.A.”, RUT N°76.202.286-9, celebrada con fecha 25 de mayo de 2026, en la cual se acordó por la unanimidad de las acciones: aumentar el capital social actual desde la suma de $250.000.000, dividido en la cantidad de 625 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de $750.000.000 dividido en la cantidad de 1875 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, el aumento de capital ascendente a las suma de $500.000.000.- se efectúa con cargo a la cuenta Dividendos por Distribuir, mediante el traspaso contable de dicho importe al Capital Social. Por consiguiente, el nuevo capital social asciende a $750.000.000, dividido en la cantidad de 1875 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, siendo titular de 960 acciones el accionista EMPRESA DE INVERSIONES CARLOS PADHZ SANTIBÁÑEZ VARAS E.I.R.L. y de 915 acciones el accionista CARLOS PADHZ SANTIBAÑEZ VARAS, reformándose el artículo quinto y el artículo primero transitorio de los estatutos legales. Demás cláusulas constan pacto social y escritura que extracto.- Santiago, 01 de Junio de 2026.