CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Consultora Gira Legal Limitada

CVE 2830191
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
15 de junio de 2026
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de junio de 2026
Notario
CRISTIÁN ANDRÉS GARCÍA MECHSNER
Oficio
Segunda Notaría de Quintero-Puchuncaví

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago, región Metropolitana
Duración
La sociedad comenzará a regir con esta fecha y terminará el día uno de enero de 2050, pudiendo renovarse automática, tácita y sucesiva por períodos de cinco años cada uno, salvo manifestación voluntaria de ponerle término al final del período
Ley aplicable
ley Nº 3918

Objeto social

Será la prestación de servicios profesionales enfocados en la consultoría legal y contable, mediante la prestación de servicios de asesoría jurídica, gestión inmobiliaria y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado/a, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. Asimismo, tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas; auditorías operativas y de gestión, servicios de arquitectura, entre otros. Por último, realizará servicios de protección medioambiental, compromisos ecológicos, asesoría integral del medio ambiente. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. Razón social “Consultora Gira Legal Limitada” y podrá usar el nombre de fantasía “Gira Consultora Ltda”. Administración, representación y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CRISTIÁN ANDRÉS GARCÍA MECHSNER, abogado, Notario Público de la Segunda Notaría de Quintero-Puchuncaví, con asiento en la comuna de Puchuncaví, con oficio en Santiago Torres No. 171, local 3, V Región, certifico que por escritura pública de fecha 15 de junio de 2026, Repertorio No. 604-2026, ante mí, doña Macarena Belén Diez Pallamar, domiciliada para estos efectos en Vía F-120, camino antiguo Maitencillo s/n, casa 40, comuna de Puchuncaví, región de Valparaíso, y don Nicolás Iván Alejandro Campos Meleda, domiciliado para estos efectos en Vía F-120, camino antiguo Maitencillo s/n, casa 93, comuna de Puchuncaví, región de Valparaíso, constituyeron sociedad de profesionales de responsabilidad limitada, conforme a la ley Nº 3918, y sus modificaciones. Objeto: Será la prestación de servicios profesionales enfocados en la consultoría legal y contable, mediante la prestación de servicios de asesoría jurídica, gestión inmobiliaria y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado/a, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. Asimismo, tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas; auditorías operativas y de gestión, servicios de arquitectura, entre otros. Por último, realizará servicios de protección medioambiental, compromisos ecológicos, asesoría integral del medio ambiente. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. Razón social “Consultora Gira Legal Limitada” y podrá usar el nombre de fantasía “Gira Consultora Ltda”. Administración, representación y uso de razón social: Corresponderá a la actuación exclusiva e individual de doña Macarena Belén Diez Pallamar. Capital social, es la cantidad de $1.000.000 de pesos, que los socios aportan y pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, del modo siguiente: a) Doña Macarena Belén Diez Pallamar aporta y paga la cantidad de $990.000 pesos, esto es, el noventa y nueve por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía; y, b) Don Nicolás Iván Campos Meleda aporta y paga la cantidad de $10.000 pesos, esto es el uno por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios del mismo modo en que participan en el capital social o en la proporción que libremente y por acuerdo simple determinen los mismos. Vigencia: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y terminará el día uno de enero de 2050, pudiendo renovarse automática, tácita y sucesiva por períodos de cinco años cada uno, salvo manifestación voluntaria de ponerle término al final del período. Domicilio: Santiago, región Metropolitana, sin perjuicio que se puedan establecer agencias o sucursales, dentro del país o extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puchuncaví, 18 de junio de 2026.