Consultora Gira Legal Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de junio de 2026
- Notario
- CRISTIÁN ANDRÉS GARCÍA MECHSNER
- Oficio
- Segunda Notaría de Quintero-Puchuncaví
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, región Metropolitana
- Duración
- La sociedad comenzará a regir con esta fecha y terminará el día uno de enero de 2050, pudiendo renovarse automática, tácita y sucesiva por períodos de cinco años cada uno, salvo manifestación voluntaria de ponerle término al final del período
- Ley aplicable
- ley Nº 3918
Objeto social
Será la prestación de servicios profesionales enfocados en la consultoría legal y contable, mediante la prestación de servicios de asesoría jurídica, gestión inmobiliaria y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado/a, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. Asimismo, tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas; auditorías operativas y de gestión, servicios de arquitectura, entre otros. Por último, realizará servicios de protección medioambiental, compromisos ecológicos, asesoría integral del medio ambiente. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. Razón social “Consultora Gira Legal Limitada” y podrá usar el nombre de fantasía “Gira Consultora Ltda”. Administración, representación y uso de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTIÁN ANDRÉS GARCÍA MECHSNER, abogado, Notario Público de la Segunda Notaría de Quintero-Puchuncaví, con asiento en la comuna de Puchuncaví, con oficio en Santiago Torres No. 171, local 3, V Región, certifico que por escritura pública de fecha 15 de junio de 2026, Repertorio No. 604-2026, ante mí, doña Macarena Belén Diez Pallamar, domiciliada para estos efectos en Vía F-120, camino antiguo Maitencillo s/n, casa 40, comuna de Puchuncaví, región de Valparaíso, y don Nicolás Iván Alejandro Campos Meleda, domiciliado para estos efectos en Vía F-120, camino antiguo Maitencillo s/n, casa 93, comuna de Puchuncaví, región de Valparaíso, constituyeron sociedad de profesionales de responsabilidad limitada, conforme a la ley Nº 3918, y sus modificaciones. Objeto: Será la prestación de servicios profesionales enfocados en la consultoría legal y contable, mediante la prestación de servicios de asesoría jurídica, gestión inmobiliaria y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado/a, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. Asimismo, tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales en asesorías contables, tributarias, financieras y administrativas; auditorías operativas y de gestión, servicios de arquitectura, entre otros. Por último, realizará servicios de protección medioambiental, compromisos ecológicos, asesoría integral del medio ambiente. La sociedad podrá desarrollar estas actividades directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. Razón social “Consultora Gira Legal Limitada” y podrá usar el nombre de fantasía “Gira Consultora Ltda”. Administración, representación y uso de razón social: Corresponderá a la actuación exclusiva e individual de doña Macarena Belén Diez Pallamar. Capital social, es la cantidad de $1.000.000 de pesos, que los socios aportan y pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, del modo siguiente: a) Doña Macarena Belén Diez Pallamar aporta y paga la cantidad de $990.000 pesos, esto es, el noventa y nueve por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía; y, b) Don Nicolás Iván Campos Meleda aporta y paga la cantidad de $10.000 pesos, esto es el uno por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios del mismo modo en que participan en el capital social o en la proporción que libremente y por acuerdo simple determinen los mismos. Vigencia: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y terminará el día uno de enero de 2050, pudiendo renovarse automática, tácita y sucesiva por períodos de cinco años cada uno, salvo manifestación voluntaria de ponerle término al final del período. Domicilio: Santiago, región Metropolitana, sin perjuicio que se puedan establecer agencias o sucursales, dentro del país o extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puchuncaví, 18 de junio de 2026.