MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

ANODITE SOCIEDAD ANONIMA

RUT 81408300-4 CVE 2830906
Capital
$319.999 CLP
Fecha instrumento
19 de noviembre de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de noviembre de 2025
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Oficio
Cuadragésima Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$319.999 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público Interino, Cuadragésima Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifica que por escritura pública hoy ante mí, se redujo ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS ANODITE SOCIEDAD ANONIMA, de fecha 19 de noviembre de 2025, sociedad inscrita a fojas 7208 Nº 2866 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1969, R.U.T 81.408.300-4, en mi presencia, donde actuales y únicos accionistas: HUGO MARIO ROPERO LOZA C.I. Extranjeros Nº 5.570.212-8; HUGO ARIEL ROPERO GABRIEL C.I. Nº 8.569.303-4, JOSE LUIS PRIEGO CONTE, C.I. Nº 10.099.224-8, LUZ ESTEFANIA ROPERO VALENZUELA C.I. Nº 17.598.126-8 y MARIO JOSE ROPERO GABRIEL, C.I. Nº 7.434.346-5; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Manquehue Norte 958, oficina 03, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; dueños del total de las acciones, acordaron unánimemente rectificar sociedad en materias que no son objeto de extracto, en los términos establecidos en escritura extractada; y, sanear en conformidad Ley 19.499 la escritura pública de fecha 21 de agosto de 2025 celebrada en esta misma Notaría y ante el mismo notario y su correspondiente extracto, donde se redujo el acta extraordinaria de accionistas de fecha 20 de agosto de 2025, en la cual se dividió ANODITE SOCIEDAD ANONIMA, y disminuyendo su capital de $319.999.631 a $219.999.631; constituyéndose en dicho acto por la división antes mencionada, INVERSIONES TORRES DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA con un capital de $100.000.000; en el sentido de sanear que el extracto de modificación de sociedad de ANODITE SOCIEDAD ANONIMA no se inscribió ni publicó dentro plazo legal. Asimismo, se rectifica sociedad en materias no extractables, en los términos señalados en escritura de saneamiento extractada. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 25 de mayo de 2026.