MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

STEFANI Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 83963200-2 CVE 2829253
Fecha instrumento
11 de junio de 2026
Notaría
Punta Arenas

Instrumento

Fecha
11 de junio de 2026
Repertorio
1193-26
Notario
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DEMANDES
Oficio
Segunda Notaría de Punta Arenas
Comuna
Punta Arenas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DEMANDES, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Punta Arenas, con domicilio en calle Presidente Federico Errázuriz N° 877, comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y la Antártica Chilena, certifico: Por escritura pública de fecha veintinueve de mayo de 2026, Repertorio N° 1.193-26, ante mí, doña María Valeria Stefani Ghisoni, Cédula Nacional de Identidad número seis millones trescientos cincuenta y cuatro mil trescientos trece guion seis , don Héctor Carlos Stefani Ghisoni, Cédula Nacional de Identidad número seis millones doscientos setenta y siete mil novecientos ochenta guion dos, doña Florencia Cecilia Stefani Prado, Cédula Nacional de Identidad número diecisiete millones quinientos ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y seis guion dos, y don Franco Ettore Stefani Prado, Cédula Nacional de Identidad número diecisiete millones novecientos diez mil doscientos veinticuatro guion dos, otorgaron escritura pública de cesión de derechos sociales y modificación de sociedad “STEFANI Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “SOCIEDAD INDUMOTOR LTDA.”, cuyo capital asciende a la suma de cuarenta y seis millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil sesenta y siete pesos, en los siguientes términos, doña MARIA VALERIA STEFANI GHISONI, cedió la totalidad de sus acciones y derechos sociales que ascienden a un cincuenta por ciento de las acciones y derechos de la sociedad a don HECTOR CARLOS STEFANI GHISONI, quien los adquirió para sí, las cuales son recibidas a la entera y total conformidad de la parte cesionaria. De común acuerdo las partes cedente y cesionaria atribuyen y fijan a la cesión de derechos y acciones sociales citadas, el valor de veintitrés millones doscientos treinta y dos mil treinta y tres pesos, pagados con anterioridad al presente acto. Como consecuencia de la cesión de derechos que da cuenta, son desde este momento los únicos socios de la sociedad, en los porcentajes que se indican, las siguientes personas: a) don Héctor Carlos Stefani Ghisoni, con un total de ochenta y siete coma cinco por ciento de los derechos sociales, b) doña Florencia Cecilia Stefani Prado, con un total de seis coma veinticinco por ciento de los derechos sociales, y c) don Franco Ettore Stefani Prado, con un seis coma veinticinco por ciento de los derechos sociales. En lo no modificado subsisten plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Punta Arenas, 11 de junio de 2026.