SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de febrero de 2026
- Repertorio
- 164/2026
- Comuna
- San Bernardo
Sociedad
- Capital
- $15.000 CLP
- Domicilio
- Ñuñoa
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será comercialización de partes y piezas de todo tipo, metálicas y no metálicas; inversión en toda clase de negocios rubros, sean éstos agrícolas, comerciales, mineros, industriales, pesqueros, ganaderos, de la construcción, educacional, inversiones en bienes muebles, incluso acciones, bonos y demás títulos; compraventa de toda clase bienes inmuebles y muebles; realizar para sí y para terceros toda clase de prestaciones de servicios en toda clase de áreas; producir, elaborar, distribuir, comercializar, exportar, importar todo tipo de bienes, en general realizar cualesquiera otra actividad relacionada o no con el objeto señalado según acuerden los socios y dentro del marco legal. La sociedad podrá también participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso en sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades, incluso asesorías de sociedades limitadas y anónimas y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
Será ejercida por doña DENISSE GISSELLE ARRAÑO RIVERA, quien estará investida de todas las facultades de administración y disposición enunciadas en la escritura extractada
Referencias (3)
- do publicacion DO N° 40109 del 14 de noviembre de 2011
- do publicacion DO N° 42701 del 9 de julio de 2020
- do publicacion DO N° 42770 del 2 de octubre de 2020
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO CARLOS YAÑEZ MIZON, Notario Suplente de la 1° Notaría de San Bernardo, de don Carlos Virgilio Ruiz Bahamondes, Covadonga N°516, locales 13 y 14, San Bernardo, Región Metropolitana, certifica por escritura pública de fecha 19/02/2026, Repertorio N°164/2026 ante mí: doña DENISSE GISSELLE ARRAÑO RIVERA, domiciliada en Avenida Irarrázaval N°200 local 106, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y doña ALEJANDRA DEL CARMEN RIVERA OSORIO, domiciliada en Las Vizcachas N°814, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana de Santiago; vienen en modificar y transformar Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS LIMITADA”. Por escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago, ante don Leonardo Ortega Sandoval, Notario Suplente del Titular don Sergio Henríquez Silva de fecha 11/10/2011, Repertorio N°6212-2011 se constituyó “SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS LIMITADA”. Extracto inscrito a fojas 433, N°361, año 2011, Registro de Comercio de San Miguel y publicado en el Diario Oficial N°40.109 de fecha 14/11/2011; modificada por escritura pública de fecha 03/07/2020, suscrita en la 47° Notaría de Santiago ante don Elías Jarufe Rojas, Repertorio N°691-2020. Extracto inscrito a fojas 102, N°55, año 2020, Registro de Comercio de San Miguel y publicado en el Diario Oficial N°42.701 de fecha 09/07/2020; y modificada por escritura pública de fecha 18/08/2020, suscrita en la 47° Notaría de Santiago ante don Elías Jarufe Rojas, Repertorio 881-2020. Extracto inscrito a fojas 181, N°93, año 2020, Registro de Comercio de San Miguel y publicado en el Diario Oficial N°42.770 de fecha 02/10/2020.- De acuerdo con las estipulaciones de las escrituras anteriormente singularizadas, los actuales socios de “SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS LIMITADA” son: ALEJANDRA DEL CARMEN RIVERA OSORIO, titular el 10% de los derechos sociales, y DENISSE GISSELLE ARRAÑO RIVERA, titular el 90% de los derechos sociales.- CESION DE DERECHOS SOCIALES: Doña ALEJANDRA DEL CARMEN RIVERA OSORIO, quien se retira de la sociedad vende, cede y transfiere el 10% de los derechos sociales a doña DENISSE GISSELLE ARRAÑO RIVERA, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- El precio de la cesión es de $1.500.000, que la cedente declara recibir en este acto, al contado e ingresados al haber social. Como consecuencia, la única socia de “SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS LIMITADA” será doña DENISSE GISSELLE ARRAÑO RIVERA, con 100% de los derechos sociales. TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A SOCIEDAD POR ACCIONES: Que viene en transformar la “SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS LIMITADA” en una sociedad por acciones. RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD PROCESADORA DE PARTES Y PIEZAS SPA” DOMICILIO: Ñuñoa, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en extranjero. DURACIÓN: Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será comercialización de partes y piezas de todo tipo, metálicas y no metálicas; inversión en toda clase de negocios rubros, sean éstos agrícolas, comerciales, mineros, industriales, pesqueros, ganaderos, de la construcción, educacional, inversiones en bienes muebles, incluso acciones, bonos y demás títulos; compraventa de toda clase bienes inmuebles y muebles; realizar para sí y para terceros toda clase de prestaciones de servicios en toda clase de áreas; producir, elaborar, distribuir, comercializar, exportar, importar todo tipo de bienes, en general realizar cualesquiera otra actividad relacionada o no con el objeto señalado según acuerden los socios y dentro del marco legal. La sociedad podrá también participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso en sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades, incluso asesorías de sociedades limitadas y anónimas y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Será ejercida por doña DENISSE GISSELLE ARRAÑO RIVERA, quien estará investida de todas las facultades de administración y disposición enunciadas en la escritura extractada. CAPITAL: $15.000.000 y dividido en 75 acciones que corresponden al capital de la sociedad que por este acto se transforma, aportado y suscrito íntegramente por doña DENISSE GISSELLE ARRAÑO RIVERA.- Otras estipulaciones en la escritura extractada.- SAN BERNARDO, 19 febrero 2026.-