SOCIEDAD ARAVENA & RODRIGUEZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de junio de 2026
- Notario
- GONZALO PRIETO MAGNOLFI
- Oficio
- Titular de la Primera Notaría de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
Se modifica el numeral segundo de los estatutos sociales vigentes: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios médicos en el área de la salud humana y procedimientos de salud ambulatorios, pudiendo realizarla con independencia del prestador, servicios de enfermería y para recuperar la salud, en medicina general y salud dental, todas prestaciones sin alojamiento ni alimentación para los pacientes, en todas y cada una de sus especialidades, en forma directa o a través de convenios, con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, todo tipo de aseguradoras, servicios de bienestar de orden público o privado, de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; b) Otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos y a domicilios; c) Realización de actividades académicas, de capacitación, docentes, charlas, cursos, exposiciones, participación en simposios, congresos o seminarios, y otros de divulgación y especialización científicas, realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; d) Realizar asesorías y prestación de servicios técnicas conforme a la especialización profesional en áreas de la medicina, la enfermería y la salud en general; e) La realización de toda clase de inversiones en capitales mobiliarios e inmobiliarios y actividades de gestión conexas a éstas; f) La adquisición, compra, venta, administración, comercialización, enajenación, explotación, loteo, urbanización, construcción, dar o tomar en arrendamiento, percepción de los frutos, actuando por cuenta propia o ajena, con o sin opción de compra, respecto de bienes propios o arrendados y en general, el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias sobre bienes inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones propias o ajenas, de cualquier destino, incluyendo bodegas, garajes, galpones, estacionamientos, centros recreacionales y de alojamiento; g) La adquisición, administración, comercialización, enajenación, explotación, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase; h) Toda clase de inversiones y reinversiones mobiliarias y)o inmobiliarias, títulos de crédito, documentos representativos de obligaciones de créditos de dinero, la compra, venta de bienes muebles e inmuebles, bienes corporales e incorporales inclusive en acciones, participaciones en todo tipo de sociedades, cuotas en fondos mutuos, efectos de comercio y en general en instrumentos de crédito. Además de la administración de tales inversiones y reinversiones y la percepción de los frutos, ganancias y)o utilidades que de ello provengan o se deriven; h) La sociedad podrá también desarrollar las actividades del objeto social, total o parcialmente de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo; i) La realización de toda actividad lícita relacionada con las señaladas anteriormente y, en general, cualquier negocio comercial o industrial que contribuya al objeto social, pudiendo la sociedad operar por cuenta propia o ajena, individualmente o asociada con terceros.”
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RODRIGUEZ LIMITADA | socio | 76967842-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO PRIETO MAGNOLFI, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Primera Notaría de La Reina, don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, con oficio en La Reina, Avenida Príncipe de Gales cinco mil ochocientos cuarenta y uno, certifico que por escritura pública de 10 de junio de 2026, ante mí, compareció: CESAR CRISTIAN ARAVENA FLORES, EUGENIA MARIA RODRÍGUEZ ARANCIBIA, y ESTEBAN IGNACIO ARAVENA RODRIGUEZ, todos domiciliados en calle Jorge Matte Gormaz 1827, departamento 601, Providencia. Modificaron la sociedad SOCIEDAD ARAVENA & RODRIGUEZ LIMITADA, R.U.T. 76.967.842-5, inscrita fs. 95447, Nº 49010 del año 2018, ante Registro Comercio de Santiago. Capital social: $5.000.000.- CESION DE DERECHOS: 1) EUGENIA MARIA RODRÍGUEZ ARANCIBIA con expreso conocimiento y consentimiento de sus consocios vende, cede y transfiere a ESTEBAN IGNACIO ARAVENA RODRIGUEZ el 10% del interés social en la Sociedad. El precio de la cesión consta en escritura pública extractada. 2) CESAR CRISTIAN ARAVENA FLORES con expreso conocimiento y consentimiento de sus consocios vende, cede y transfiere a ESTEBAN IGNACIO ARAVENA RODRIGUEZ el 10% del interés social en la Sociedad. El precio de la cesión consta en escritura pública extractada. Consecuencia de las cesiones sociales, se redistribuye la participación social y los socios quedan así: CESAR CRISTIAN ARAVENA FLORES, 40%; EUGENIA MARIA RODRÍGUEZ ARANCIBIA, 40% y ESTEBAN IGNACIO ARAVENA RODRIGUEZ, 20%. MODIFICACION: Objeto social: Se modifica el numeral segundo de los estatutos sociales vigentes: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios médicos en el área de la salud humana y procedimientos de salud ambulatorios, pudiendo realizarla con independencia del prestador, servicios de enfermería y para recuperar la salud, en medicina general y salud dental, todas prestaciones sin alojamiento ni alimentación para los pacientes, en todas y cada una de sus especialidades, en forma directa o a través de convenios, con particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, todo tipo de aseguradoras, servicios de bienestar de orden público o privado, de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales; b) Otorgar tratamientos médicos generales o especiales, proporcionar atención médica, exámenes y consultas en centros médicos y a domicilios; c) Realización de actividades académicas, de capacitación, docentes, charlas, cursos, exposiciones, participación en simposios, congresos o seminarios, y otros de divulgación y especialización científicas, realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; d) Realizar asesorías y prestación de servicios técnicas conforme a la especialización profesional en áreas de la medicina, la enfermería y la salud en general; e) La realización de toda clase de inversiones en capitales mobiliarios e inmobiliarios y actividades de gestión conexas a éstas; f) La adquisición, compra, venta, administración, comercialización, enajenación, explotación, loteo, urbanización, construcción, dar o tomar en arrendamiento, percepción de los frutos, actuando por cuenta propia o ajena, con o sin opción de compra, respecto de bienes propios o arrendados y en general, el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias sobre bienes inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones propias o ajenas, de cualquier destino, incluyendo bodegas, garajes, galpones, estacionamientos, centros recreacionales y de alojamiento; g) La adquisición, administración, comercialización, enajenación, explotación, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase; h) Toda clase de inversiones y reinversiones mobiliarias y/o inmobiliarias, títulos de crédito, documentos representativos de obligaciones de créditos de dinero, la compra, venta de bienes muebles e inmuebles, bienes corporales e incorporales inclusive en acciones, participaciones en todo tipo de sociedades, cuotas en fondos mutuos, efectos de comercio y en general en instrumentos de crédito. Además de la administración de tales inversiones y reinversiones y la percepción de los frutos, ganancias y/o utilidades que de ello provengan o se deriven; h) La sociedad podrá también desarrollar las actividades del objeto social, total o parcialmente de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo; i) La realización de toda actividad lícita relacionada con las señaladas anteriormente y, en general, cualquier negocio comercial o industrial que contribuya al objeto social, pudiendo la sociedad operar por cuenta propia o ajena, individualmente o asociada con terceros.” Demas estipulaciones constan en escritura. Los socios acuerdan no introducir más cambios que los expresados. Santiago, 18 de junio de 2026.