Instrumento
- Fecha
- 15 de junio de 2026
- Notario
- CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
- Oficio
- Quincuagésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto será: La instalación y funcionamiento de clínicas dentales, su administración y dirección, la prestación de todo tipo de servicios y atención odontológica en todas sus especialidades. La explotación, dirección y gestión de clínicas dentales y laboratorios dentales, la compra, venta, importación, exportación comercialización y distribución y arriendo de materiales, instrumental y equipos odontológicos. La reparación de toda clase de artículos dentales. La celebración de convenios con Isapres, Fonasa, instituciones de salud y empresas de bienestar, y todo lo relacionado en la actualidad o en el futuro con lo anterior y cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social les corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios ANA MARIA ROMERO AGUILERA, ALEX OMAR MONTENEGRO AGUIRRE, y FRANCISCO ANDRES MONTENEGRO IBARRA, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público Titular de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública, de fecha 15/06/2026, Repertorio Nro. 31.822-2026, ante mí, ANA MARIA ROMERO AGUILERA, empresaria, cédula de identidad número 10.359.510-K, ALEX OMAR MONTENEGRO AGUIRRE, comerciante, cédula de identidad número 21.687.071-9, ambos domiciliados en El Bollen once mil ciento ochenta y dos, Comuna de La Florida y FRANCISCO ANDRES MONTENEGRO IBARRA, empleado, domiciliado en Kuyen 9501, comuna de La Florida, cédula de identidad número 21.353.791-1 constituyeron sociedad por acciones. NOMBRE: "LUX-DENT SpA".- OBJETO: El objeto será: La instalación y funcionamiento de clínicas dentales, su administración y dirección, la prestación de todo tipo de servicios y atención odontológica en todas sus especialidades. La explotación, dirección y gestión de clínicas dentales y laboratorios dentales, la compra, venta, importación, exportación comercialización y distribución y arriendo de materiales, instrumental y equipos odontológicos. La reparación de toda clase de artículos dentales. La celebración de convenios con Isapres, Fonasa, instituciones de salud y empresas de bienestar, y todo lo relacionado en la actualidad o en el futuro con lo anterior y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de seis millones de pesos, dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el que se suscribe y paga de la siguiente forma: socia ANA MARIA ROMERO AGUILERA suscribe y paga 25 acciones por la suma de un millón quinientos mil pesos, en este acto, pagadas al contado, ingresando su valor a la caja social, socio ALEX OMAR MONTENEGRO AGUIRRE suscribe y paga 25 acciones por la suma de un millón quinientos mil pesos, en este acto, pagadas al contado, ingresando su valor a la caja social y socio FRANCISCO ANDRES MONTENEGRO IBARRA suscribe y paga 50 acciones por la suma de tres millones de pesos , en este acto, pagadas al contado, ingresando su valor a la caja social.- DURACION: la duración de la sociedad será indefinida.- DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, establecimientos o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el exterior.- ADMINISTRACION: La administración de la sociedad y el uso de la razón social les corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios ANA MARIA ROMERO AGUILERA, ALEX OMAR MONTENEGRO AGUIRRE, y FRANCISCO ANDRES MONTENEGRO IBARRA, quienes tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.- Demás estipulaciones escritura extractada. Para efectos del Artículo 401, N° 12 del COT, las partes interesadas manifiestan su voluntad de remitir y solicitar personalmente al CBRS correspondiente, la inscripción de este extracto, facultando al portador de copia autorizada para requerir inscripciones, subinscripciones y anotaciones correspondientes.- Santiago, 16/06/ 2026.