INTERNATIONAL PAPER CARTONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de junio de 2026
- Notario
- PATRICIA ISABEL ROJAS MORALES
- Oficio
- 38° Notaria De Santiago
- Comuna
- De Santiago
Sociedad
- Capital
- $29.401.428.603 CLP
Administración
En razón de las cesiones de derechos efectuadas, los únicos y actuales socios de la Sociedad, modificaron el estatuto de la Sociedad, reemplazando el artículo Séptimo del estatuto social de la Sociedad relativo a la administración de la misma. En virtud de aquello, el uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderán a los socios, quienes la ejercerán delegándola expresamente en los apoderados que se designan en la escritura extractada, en los términos y condiciones allí detallados. (5) Vigencia del Estatuto Social: En todo lo que no se hubiere modificado, se mantienen plenamente vigentes las disposiciones del pacto social, en especial la limitación de la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA ISABEL ROJAS MORALES, Notario Público Suplente de la 38° Notaria De Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Comuna de Las Condes, Santiago de Chile, certifica: Que por escritura pública de fecha 01 de junio de 2026, ante mí, I.P. MEXICO HOLDINGS LLC, representada por don Juan Pablo Matus Pickering, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello N°2.711, piso 22, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; CARTONAJES UNION S.L., representada por doña Camila Andrea Rojas Petersen, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello número N°2.711, piso 22, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; CORRUPAC S.A.; representada por don Matías Domingo Matte Izquierdo, y por don Arturo Domingo Matte Izquierdo, todos domiciliados para estos efectos en calle La Oración N°1.285, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana; EMPRESAS COIPSA SpA, representada por don Matías Domingo Matte Izquierdo, y por don Arturo Domingo Matte Izquierdo, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N°3.500, piso 8, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la sociedad INTERNATIONAL PAPER CARTONES LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, actualmente inscrita a fojas 349 N° 385 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 1999, en el siguiente sentido: (1) Cesión de Derechos Sociales: (a) el socio I.P. MEXICO HOLDINGS LLC vendió, cedió y transfirió el 99,9998845532288% de los derechos sociales de la Sociedad, a CORRUPAC S.A., a un precio único y total de 38.501.091 dólares de los Estados Unidos de América con 55 centavos, que fue pagado en el acto, declarando el cedente haberlo recibido a su total y completa satisfacción; y, (b) el socio CARTONAJES UNION S.L. vendió, cedió y transfirió el 0,000115446771170102% de los derechos sociales de la Sociedad, a EMPRESAS COIPSA SpA, a un precio único y total de 44 dólares de los Estados Unidos de América con 45 centavos, que fue pagado en el acto, declarando el cedente haberlo recibido a su total y completa satisfacción. Como consecuencia de las cesiones de derechos, se retiran de la Sociedad los socios I.P. MEXICO HOLDINGS LLC y CARTONAJES UNION S.L. e ingresan como nuevos socios CORRUPAC S.A. y EMPRESAS COIPSA SpA; quedando como únicos y actuales socios de la Sociedad y en los porcentajes que se indican a continuación: i) CORRUPAC S.A., con un 99,9998845532288% de los derechos sociales de la Sociedad; y ii) EMPRESAS COIPSA SpA, con un 0,000115446771170102% de los derechos sociales de la Sociedad; (2) Modificación Social: En razón de las cesiones de derechos efectuadas, los únicos y actuales socios de la Sociedad, modificaron el estatuto de la Sociedad, reemplazando el artículo Quinto del estatuto social de la Sociedad, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad asciende a la suma de $29.401.428.603, el cual se encuentra totalmente pagado y que los socios han aportado de la siguiente forma: (i) Corrupac S.A aportó la suma de $29.401.394.660, representativa del 99,9998845532288% de los derechos sociales; y (ii) Empresas Coipsa SpA aportó la suma de $33.943, representativa del 0,000115446771170102% de los derechos sociales.” (3) Modificación Razón Social: En razón de las cesiones de derechos efectuadas, los únicos y actuales socios de la Sociedad, modificaron el estatuto de la Sociedad, reemplazando el artículo Primero de los estatutos sociales, referido a la razón social, por la siguiente nueva cláusula: “Artículo Primero: La razón social será Corrupac Graneros Limitada.” (4) Modificación Administración: En razón de las cesiones de derechos efectuadas, los únicos y actuales socios de la Sociedad, modificaron el estatuto de la Sociedad, reemplazando el artículo Séptimo del estatuto social de la Sociedad relativo a la administración de la misma. En virtud de aquello, el uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderán a los socios, quienes la ejercerán delegándola expresamente en los apoderados que se designan en la escritura extractada, en los términos y condiciones allí detallados. (5) Vigencia del Estatuto Social: En todo lo que no se hubiere modificado, se mantienen plenamente vigentes las disposiciones del pacto social, en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de junio de 2026.