MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INDUMING SpA

RUT 76259126-K CVE 2829374
Fecha instrumento
17 de junio de 2026

Instrumento

Fecha
17 de junio de 2026
Repertorio
454-2026
Notario
CARLOS ENRIQUE MORALES GONZÁLEZ
Domicilio
Cuarta IV de Copiapó

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INDUMING SpA socio 76259126-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ENRIQUE MORALES GONZÁLEZ, Abogado y Notario Público Interino de la Cuarta IV de Copiapó, con domicilio en calle Bernardo O’Higgins 555, designado en Pleno y otros Administrativos N° 40-2023, de fecha 15 de diciembre de 2023, dictado la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Copiapó y según Decreto Económico N° 121-2023 del Tercer Juzgado de Letras de Copiapó, de fecha 18 de diciembre de 2023, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de junio de 2026, repertorio 454-2026, ante mí, don DIEGO ROBERTO BORQUEZ BRAVO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. N°13.464.963-1, con domicilio en calle Ocho N°1.194, Barrio Industrial Paipote, Copiapó, y don NELSON ANTONIO OSORIO LEAL, chileno, casado, trabajador independiente, C.I. N°12.164.554-8, con domicilio en Elías de La Cruz N°98, Copiapó, celebraron cesión de derechos y acciones, y modificación de estatutos, de la sociedad INDUMING SpA, R.U.T. N°76.259.126-K, en el siguiente sentido: Uno) DIEGO ROBERTO BORQUEZ BRAVO, cedió, vendió, y transfirió la totalidad de sus derechos sociales y, sus derechos recaídos en las acciones de la sociedad, correspondientes al 100% en la sociedad, a don NELSON ANTONIO OSORIO LEAL, quien compró, aceptó y adquirió para sí. Dos) Como consecuencia de la cesión, y en calidad de único socio y accionista don Nelson Antonio Osorio Leal, modificó el artículo décimo, en relación al artículo segundo transitorio, respecto a uso de la Razón social y la administración, que le corresponde al gerente General, en el sentido de que la administración y uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quedará radicada en forma exclusiva y absoluta en don Nelson Antonio Osorio Leal, con todas y cada una de las facultades ya descritas en el pacto social referido, que se dieron por expresamente reproducidas, quien anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad con todas y cada una de las facultades que de modo meramente ejemplar, no limitativo ni taxativo se indican en el mencionado artículo décimo del título tercero de los estatutos sociales, el cual se modificó en la escritura que por este acto se extracta. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Copiapó, 20 de junio de 2026.