MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL ISSA LIMITADA

RUT 78205411-2 CVE 2829212
Fecha instrumento
25 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de mayo de 2026
Repertorio
3347-2026
Notario
Patricio Guillermo Corominas Mellado
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

Reemplazando el Artículo Cuarto íntegramente por el siguiente: "CUARTO: El objeto de la Sociedad será: i) El corretaje, distribución, comercialización, exportación, importación, compra y venta de productos y subproductos pesqueros, así como de cualquiera otra mercadería relacionada directa o indirectamente con aquellos. Dentro de estas actividades se entienden comprendidas todas aquellas labores de intermediación, de agente, de corretaje, así como cualquier otra actividad complementaria o accesoria llevada a cabo por la Sociedad, ya sea en forma directa o indirecta; respecto de la exportación, importación, distribución y comercialización, ya sea mayorista o minorista, de los mencionados productos y subproductos pesqueros, así como de cualquier otro producto relacionado directa o indirectamente con aquellos; ii) El desarrollo y explotación de negocios agrícolas, forestales, mineros y comerciales; iii) La importación, exportación y comercialización de todo tipo de bienes; iv) La actividad de transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; y v) La prestación de servicios profesionales de asesorías legales, servicios de contabilidad, servicios de asesoría tributaria, servicios de asesoría comercial, servicios gerenciales, servicios de back office y otros servicios de apoyo al

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA ISABEL SARTORI ESCOBAR, doña ROBERTA ALONSO SARTORI, don NICOLÁS ALONSO SARTORI y don FRANCISCO ANTONIO ALONSO PÉREZ, quienes actuando en forma individual e indistinta y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades, con la única limitación que para cualquier acto, gestión, negocio, contrato u operación que involucre una suma superior a los $12.000.000, deberán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos. En consecuencia, se reemplazó íntegramente el Artículo Noveno de los estatutos sociales

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
COMERCIAL ISSA LIMITADA socio 78205411-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Patricio Guillermo Corominas Mellado, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en Avenida La Dehesa número 1201, local 101, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública de fecha 25 de mayo de 2026, Repertorio 3347-2026, ante mí: i) MARÍA ISABEL SARTORI ESCOBAR, C.N.I N°7.176.724-8, domiciliada en calle Helsby 8945, casa D, La Reina, Santiago; ii) ROBERTA ALONSO SARTORI, C.N.I N°17.117.866-5, domiciliada en calle Helsby 8945, casa D, La Reina, Santiago; y iii) NICOLÁS ALONSO SARTORI, C.N.I N°16.301.483-1, domiciliado en Avenida El Bosque Norte 0107, oficina 22, Las Condes, Santiago, en su calidad de únicos y actuales socios de COMERCIAL ISSA LIMITADA, RUT N°78.205.411-2, inscrita a Fs. 86.366, N°32.780, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025, modificaron sus estatutos sociales en el siguiente sentido: UNO. Modificación del objeto. Reemplazando el Artículo Cuarto íntegramente por el siguiente: "CUARTO: El objeto de la Sociedad será: i) El corretaje, distribución, comercialización, exportación, importación, compra y venta de productos y subproductos pesqueros, así como de cualquiera otra mercadería relacionada directa o indirectamente con aquellos. Dentro de estas actividades se entienden comprendidas todas aquellas labores de intermediación, de agente, de corretaje, así como cualquier otra actividad complementaria o accesoria llevada a cabo por la Sociedad, ya sea en forma directa o indirecta; respecto de la exportación, importación, distribución y comercialización, ya sea mayorista o minorista, de los mencionados productos y subproductos pesqueros, así como de cualquier otro producto relacionado directa o indirectamente con aquellos; ii) El desarrollo y explotación de negocios agrícolas, forestales, mineros y comerciales; iii) La importación, exportación y comercialización de todo tipo de bienes; iv) La actividad de transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; y v) La prestación de servicios profesionales de asesorías legales, servicios de contabilidad, servicios de asesoría tributaria, servicios de asesoría comercial, servicios gerenciales, servicios de back office y otros servicios de apoyo al giro. Para los fines antes señalados, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y celebrar todos los contratos destinados a cumplir con los fines sociales y, en general, realizar toda otra actividad profesional o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos.". DOS. Modificación de la administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña MARÍA ISABEL SARTORI ESCOBAR, doña ROBERTA ALONSO SARTORI, don NICOLÁS ALONSO SARTORI y don FRANCISCO ANTONIO ALONSO PÉREZ, quienes actuando en forma individual e indistinta y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades, con la única limitación que para cualquier acto, gestión, negocio, contrato u operación que involucre una suma superior a los $12.000.000, deberán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos. En consecuencia, se reemplazó íntegramente el Artículo Noveno de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 17 de junio de 2026. Patricio Guillermo Corominas Mellado, Notario Público Titular.