MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías Legales H y V Limitada

RUT 76330999-1 CVE 2829995
Capital
$700.000 CLP
Fecha instrumento
9 de junio de 2026

Instrumento

Fecha
9 de junio de 2026

Sociedad

Capital
$700.000 CLP

Objeto social

Asimismo, socios acuerdan modificación del objeto social, reemplazando el artículo segundo de los estatutos por el siguiente nuevo: “ARTICULO SEGUNDO: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios profesionales en áreas legales, inmobiliarias, comerciales, educacionales y de gestión, ya sea en forma directa o a través de terceros, por cualquier medio disponible. Las consultorías y asesorías en estas materias a personas naturales o jurídicas, en Chile o en el extranjero. La prestación de servicios de capacitación en estas mismas materias. La inversión en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, valores mobiliarios e instrumentos en el mercado de capitales y la obtención de rentas provenientes de estas inversiones y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con las actividades ya indicadas, y cualquier otro que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, titular de la 34ª notaría de Santiago, con oficio en esta ciudad, calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, comuna de Providencia, certifico: por escritura de fecha 9 junio de 2026 Repertorio Número 9.636, ante mí, Alberto Vergara Arteaga y Magdalena Hasenberg Ruiz-Tagle, ambos domiciliados en calle Parque 12700 casa 32, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; Lucía Juana Vergara Arteaga, domiciliada en Charles Hamilton 10224, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y Marcela Vergara Arteaga, domiciliada Cardenal Newman 551, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; modificaron Asesorías Legales H y V Limitada, inscrita a fojas 18.120 Nº 11.404 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014, en lo siguiente: a) Cesión de Derechos: A) Alberto Vergara Arteaga, cede y transfiere el 7% de los derechos sociales, a Lucía Juana Vergara Arteaga, quien los acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $ 49.000, pagados de la forma estipulada en escritura extractada. B) Magdalena Hasenberg Ruiz-Tagle, cede y transfiere el 26% de los derechos sociales, a Lucía Juana Vergara Arteaga, quien los acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $ 182.000, pagados de la forma estipulada en escritura extractada. C) Magdalena Hasenberg Ruiz-Tagle, cede y transfiere el 34% de los derechos sociales, a Marcela Vergara Arteaga, quien los acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $ 238.000, pagados de la forma estipulada en escritura extractada. En consecuencia, se retira de la sociedad Magdalena Hasenberg Ruiz-Tagle e ingresan en su lugar Lucía Juana Vergara Arteaga y Marcela Vergara Arteaga. b) Actualización Capital Social: Como consecuencia de la cesión, el capital social de $ 700.000 queda distribuido entre los socios de la siguiente forma: Alberto Vergara Arteaga, con el 33% de los derechos sociales, Lucía Juana Vergara Arteaga, con el 33% de los derechos sociales, y Marcela Vergara Arteaga, con el 34% de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. c) Razón Social: Socios acuerdan modificar el nombre o razón social, de la sociedad, reemplazando artículo primero de los estatutos por el siguiente nuevo: “ARTICULO PRIMERO: El nombre o razón social de la Sociedad es "Asesorías e Inversiones Lorenza Limitada", pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “Lorenza Ltda.” d) Administración y uso razón social: Socios acuerdan modificación de administración y uso de razón social, reemplazando artículo quinto de los estatutos sociales, estableciendo que administración y uso de razón social corresponderá a don Alberto Vergara Arteaga, a doña Lucía Juana Vergara Arteaga y a doña Marcela Vergara Arteaga quienes deberán actuar conjuntamente dos cualquiera de ellos, con amplias facultades indicadas en escritura extractada. e) Objeto: Asimismo, socios acuerdan modificación del objeto social, reemplazando el artículo segundo de los estatutos por el siguiente nuevo: “ARTICULO SEGUNDO: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios profesionales en áreas legales, inmobiliarias, comerciales, educacionales y de gestión, ya sea en forma directa o a través de terceros, por cualquier medio disponible. Las consultorías y asesorías en estas materias a personas naturales o jurídicas, en Chile o en el extranjero. La prestación de servicios de capacitación en estas mismas materias. La inversión en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, valores mobiliarios e instrumentos en el mercado de capitales y la obtención de rentas provenientes de estas inversiones y todo otro negocio o actividad conexa o relacionada con las actividades ya indicadas, y cualquier otro que acuerden los socios. Para todos los fines antes señalados, la sociedad podrá participar en sociedades u otras personas jurídicas o en empresas, asociaciones, entidades o agrupaciones de cualquier tipo y objeto. En todos los fines antes mencionados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena.-“. Demás estipulaciones en escritura que extractada.- Santiago, 19 de junio de 2026.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-