Alpha Pro SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de mayo de 2026
- Repertorio
- 41893
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
“ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) Diseño Industrial; b) La compra, venta, exportación, fabricación, procesamiento, distribución, representación y comercialización de material reciclado y virgen; c) La compra, venta, arrendamiento, leasing, importación, exportación, fabricación, procesamiento, distribución, instalación, representación y comercialización de maquinaria destinada al reciclaje y)o producción con material virgen, d) Servicios de gestión de residuos, servicios de Economía Circular; f) La prestación de servicios de transporte privado remunerado de personas, traslado de pasajeros, transporte de trabajadores, transporte corporativo, traslados desde y hacia aeropuertos, hoteles, clínicas, oficinas, establecimientos educacionales y otros destinos, por cuenta propia o ajena, con vehículos propios o de terceros; g) La prestación de servicios de agencia de turismo, incluyendo la organización, coordinación, promoción, intermediación y comercialización de viajes, tours, excursiones, programas y servicios turísticos en general; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.”. - (ii) Aumentar el capital social desde la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, a la cantidad de $2.000.000, divididos en 2.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, mediante la emisión de 1.000 nuevas acciones de las mismas características que las existentes, las cuales deberán ser suscritas y pagadas por los Accionistas dentro de un periodos de 4 años contado a partir la fecha de la escritura extractada; (iii) A consecuencia de lo anterior, modificar el Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio del estatuto social, cuyo tenor será el siguiente: “Modificar y reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la Sociedad es la suma de dos millones de pesos dividido en dos mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, suscrito y pagado en parte como se indica en la forma establecida en las disposiciones transitorias”, y Modificar y reemplazar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital de la Sociedad asciende a la suma de dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, de una sola y única serie, sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos estatutos, el cual ha quedado íntegramente suscrito y pagado, todas las cuales son suscritas en este acto por: a) Don LUIS ALEJANDRO CAVALLO CAROCA, ya individualizado anteriormente, quien suscribe la cantidad de mil acciones, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y b) Doña ALEJANDRA PAOLA DURANTI, cédula nacional de identidad número veintidós millones doscientos veintitrés mil seiscientos ochenta y uno guion nueve, argentina, unión civil, diseñadora industrial, quien suscribe la cantidad de mil acciones, las cuales paga en este acto en dinero efectivo.”.- (iv) Modificar los estatutos en otras materias que no son objeto de extracto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2ª Notaría Santiago, Oficio Alcántara N°107, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de mayo de 2026 bajo el repertorio Nº 41.893 ante mí, ALEJANDRO CAVALLO CAROCA, C.I N° 8.402.124-5; y ALEJANDRA PAOLA DURANTI, C.I N° 22.223.681-9; ambos con domicilio en Oscar Tenhann N° 756, departamento 903, Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “ALPHA PRO SpA”, en adelante también como la “Sociedad”, Rol Único Tributario N° 77.235.545-9, inscrita a fojas 59.106 número 28.107 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, procedieron a modificarla en los siguientes términos: (i) Reemplazar el artículo Tercero de los estatutos sociales relativo al objeto de la sociedad, estableciéndose como nuevo objeto: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) Diseño Industrial; b) La compra, venta, exportación, fabricación, procesamiento, distribución, representación y comercialización de material reciclado y virgen; c) La compra, venta, arrendamiento, leasing, importación, exportación, fabricación, procesamiento, distribución, instalación, representación y comercialización de maquinaria destinada al reciclaje y/o producción con material virgen, d) Servicios de gestión de residuos, servicios de Economía Circular; f) La prestación de servicios de transporte privado remunerado de personas, traslado de pasajeros, transporte de trabajadores, transporte corporativo, traslados desde y hacia aeropuertos, hoteles, clínicas, oficinas, establecimientos educacionales y otros destinos, por cuenta propia o ajena, con vehículos propios o de terceros; g) La prestación de servicios de agencia de turismo, incluyendo la organización, coordinación, promoción, intermediación y comercialización de viajes, tours, excursiones, programas y servicios turísticos en general; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.”. - (ii) Aumentar el capital social desde la cantidad de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, a la cantidad de $2.000.000, divididos en 2.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, mediante la emisión de 1.000 nuevas acciones de las mismas características que las existentes, las cuales deberán ser suscritas y pagadas por los Accionistas dentro de un periodos de 4 años contado a partir la fecha de la escritura extractada; (iii) A consecuencia de lo anterior, modificar el Artículo Quinto y el Artículo Primero Transitorio del estatuto social, cuyo tenor será el siguiente: “Modificar y reemplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la Sociedad es la suma de dos millones de pesos dividido en dos mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, suscrito y pagado en parte como se indica en la forma establecida en las disposiciones transitorias”, y Modificar y reemplazar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El capital de la Sociedad asciende a la suma de dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, de una sola y única serie, sin valor nominal, a que se refiere el artículo quinto permanente de estos estatutos, el cual ha quedado íntegramente suscrito y pagado, todas las cuales son suscritas en este acto por: a) Don LUIS ALEJANDRO CAVALLO CAROCA, ya individualizado anteriormente, quien suscribe la cantidad de mil acciones, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y b) Doña ALEJANDRA PAOLA DURANTI, cédula nacional de identidad número veintidós millones doscientos veintitrés mil seiscientos ochenta y uno guion nueve, argentina, unión civil, diseñadora industrial, quien suscribe la cantidad de mil acciones, las cuales paga en este acto en dinero efectivo.”.- (iv) Modificar los estatutos en otras materias que no son objeto de extracto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Todo lo no modificado rigen las estipulaciones. Santiago, 12 de junio de 2026.- Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Público.