Vicuña & Vicuña Limitada
Instrumento
- Fecha
- 12 de mayo de 2026
- Repertorio
- 4747-2026
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El Objeto de la sociedad será: a) Producir y ejecutar eventos y programas artísticos y culturales, producciones teatrales, actorales, de entretención, deportivos, promover y vender los mismos; b) Prestar asesorías en áreas administrativas, comerciales, comunicacionales y publicitarias; c) La inversión, compra, venta, arrendamiento y explotación de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como: bienes raíces, acciones, derechos en sociedades, instrumentos financieros, bonos, debentures , títulos, cuotas de fondos mutuos, efectos de comercio, cualquier clase de efectos mobiliarios y, percibir los frutos o rentas de las inversiones; d) La administración de bienes muebles e inmuebles de propiedad de terceros; y e) Cualquier otra actividad que los socios acuerden bastando una comunicación simple al Servicio de Impuestos Internos
Administración
La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don BENJAMIN VICUÑA LUCO, con amplias facultades contenidas en estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular de la 36ª Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 12 de mayo de 2026, Repertorio N° 4.747-2026, ante mí; don BENJAMÍN VICUÑA LUCO, chileno, soltero, actor y empresario, cédula de identidad número 13.442.379-k, con domicilio en Vía Morada N° 10.138 D-Dos A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; comparece por sí, y en su calidad de mandatario común de la SUCESIÓN DE DON JUAN PABLO VICUÑA PAROT, conformada por doña Jeanine Hilaria Halcartegaray Rique, doña María José Vicuña Luco, doña Isabel Carolina Vicuña Luco, don Juan Pablo Andres Vicuña Luco y el propio compareciente, actual socio de la sociedad "VICUÑA & VICUÑA LIMITADA”, nombre de fantasía “VICUÑA & VICUÑA LTDA”, RUT Nº 77.864.120-8 constituida con fecha 16 de diciembre del año 2002, ante el Notario de Santiago, Don Mario Farren Cornejo, inscrita a fojas 34.771, número 28.086 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2002 , se publicó en el Diario Oficial en su edición número 37.441 de fecha 23 de diciembre del año 2002, expone: Uno.- Antecedentes de la sucesión y del mandato.- Que, debido al fallecimiento del socio don JUAN PABLO VICUÑA PAROT, sus derechos sociales correspondientes al 1% del capital social, fueron transmitidos a su Sucesión o comunidad hereditaria, conformada por doña Jeanine Hilaria Halcartegaray Rique, doña María José Vicuña Luco, doña Isabel Carolina Vicuña Luco, don Juan Pablo Andres Vicuña Luco y el propio compareciente, don Benjamin Vicuña Luco, según se acredita con el certificado de posesión efectiva, número de inscripción 99.237 año 2023, concedida por Director Regional, Región Metropolitana de Santiago, número de resolución exenta 32.638, fecha de resolución exenta 02 de mayo de 2023, fecha de publicación 02 de mayo de 2023. Dos.- Por su parte, los estatutos sociales de la sociedad "VICUÑA & VICUÑA LIMITADA”, en su clausula Octava, establece: “En caso de fallecimiento de algunos de los socios, la sociedad continuara con los herederos del socio fallecido, quien o quienes deberán nombrar un apoderado común para que los represente en todo lo relativo con la sociedad...”.- Tres.- En cumplimiento de esta obligación estatutaria, mediante Escritura Pública de Mandato Especial otorgada con fecha 12 de mayo de 2026 en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, los herederos del causante en su cláusula quinta, designaron a don BENJAMÍN VICUÑA LUCO como Mandatario Común, de la sociedad “VICUÑA & VICUÑA LIMITADA”. Y en su cláusula sexta, se faculto al mandatario para representar a la sucesión en todas las materias relacionadas con las sociedades y con los derechos sociales que el causante poseía en la sociedad “VICUÑA & VICUÑA LIMITADA”. Cuatro.- Que, a la fecha el capital social ascendente a la suma de $1.000.000.- de la sociedad "VICUÑA & VICUÑA LIMITADA" se encuentra íntegra y efectivamente aportado y pagado por sus socios, distribuidos en los siguientes porcentajes: a) Don BENJAMÍN VICUÑA LUCO: titular del 99% por ciento de los derechos sociales. b) La SUCESIÓN DE DON JUAN PABLO VICUÑA PAROT: titular del 1% por ciento de los derechos sociales.- Cinco.- Cesión de derechos.- Don BENJAMÍN VICUÑA LUCO, en representación de la SUCESIÓN DE DON JUAN PABLO VICUÑA PAROT (en adelante la "Cedente"), vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos sociales que dicha sucesión posee en la sociedad, equivalentes al 1% del capital social, a don BENJAMÍN VICUÑA LUCO (en adelante el "Cesionario"), quien compra, acepta y adquiere para sí la totalidad de dichos derechos sociales.. El precio de la cesión es la suma única y total de $50.000.-, pagados al contado, en dinero en efectivo, que el cesionario paga en este acto a la cedente. En su calidad de mandatario de la Cedente, don Benjamín Vicuña Luco declara aceptarlo y recibirlo a su entera satisfacción y, otorga a don Benjamín Vicuña Luco (Cesionario) el más amplio, completo y total finiquito, declarando que no existen deudas pendientes por este concepto. Seis.- TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD. Como consecuencia de la cesión anterior, don BENJAMÍN VICUÑA LUCO ha pasado a ser el único titular del 100% de los derechos sociales de la compañía y en su calidad de único dueño y socio, modifica la sociedad referida, Transformándola en Sociedad por Acciones / SpA, que será continuadora legal de su antecesora y que se regirá por las disposiciones de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y por los estatutos que constan en escritura extractada, de la que se extracta lo siguiente: El nombre de la sociedad es “VICUÑA & VICUÑA SpA", sin perjuicio de que para efectos de propaganda, comerciales, bancarios podrá usar el nombre de fantasía de "VICUÑA & VICUÑA SpA”. - Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero.- Duración: Indefinida.- Objeto: El Objeto de la sociedad será: a) Producir y ejecutar eventos y programas artísticos y culturales, producciones teatrales, actorales, de entretención, deportivos, promover y vender los mismos; b) Prestar asesorías en áreas administrativas, comerciales, comunicacionales y publicitarias; c) La inversión, compra, venta, arrendamiento y explotación de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como: bienes raíces, acciones, derechos en sociedades, instrumentos financieros, bonos, debentures , títulos, cuotas de fondos mutuos, efectos de comercio, cualquier clase de efectos mobiliarios y, percibir los frutos o rentas de las inversiones; d) La administración de bienes muebles e inmuebles de propiedad de terceros; y e) Cualquier otra actividad que los socios acuerden bastando una comunicación simple al Servicio de Impuestos Internos.- Capital: De las 50 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, en que se divide el capital social, cuyo valor total asciende a $1.000.0000.- las 50 acciones son suscritas por don BENJAMIN VICUÑA LUCO, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas y, corresponden al capital de la sociedad que se transforma en este acto. Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don BENJAMIN VICUÑA LUCO, con amplias facultades contenidas en estatutos sociales.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de junio de 2026.