CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES MC LIMITADA

RUT 78419076-5 CVE 2828688
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de junio de 2026
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
18 de junio de 2026
Repertorio
6615-26
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, si ninguna de las socias manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento
Ley aplicable
ley N° 3.918

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) El flete, distribución, despacho, traslado y transporte terrestre, sea dentro del territorio nacional o en el extranjero, de mercaderías y de toda clase de bienes muebles, sea por cuenta propia y)o de terceros, en vehículos propios y)o de terceros; y b) La prestación de servicios de embalaje, carga, descarga y almacenamiento de mercancías y bienes muebles, sea por cuenta propia y)o de terceros, en bodegas propias y)o de terceros, incluyendo la ejecución de gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes al objeto señalado u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden las socias. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ ERNESTO MORENO ORELLANA, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, entendiéndose investido de las más amplias facultades de administración y disposición, inclusive para la ejecución de actos y celebración de contratos para los cuales las leyes requieran poderes o facultades especiales, sin que sea necesario, para ello, otorgarle poder alguno ni acreditarlo ante terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular de Temuco, con Oficio en calle Antonio Varas N° 979, Certifico: Por escritura pública, Repertorio N° 6.615-26, de fecha 12 de junio del 2026, ante mí; INVERSIONES MOCA SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 78.419.076-5, representada convencionalmente por don JOSÉ ERNESTO MORENO ORELLANA, chileno, empresario, casado bajo régimen patrimonial de sociedad conyugal, C.I. N° 7.539.285-0, ambos domiciliados en calle Cornelio Saavedra N° 587, comuna y ciudad de Angol, y de paso en esta; INVERSIONES NABADA SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 78.381.862-0, representada convencionalmente por doña CONSUELO DEL PILAR MORENO CASTRO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, psicóloga, C.I. N° 15.512.979-4, ambas domiciliadas en Monte Fuji N° 517, comuna y ciudad de Temuco; INVERSIONES EL MELÍ SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 78.371.412-4, representada convencionalmente por don JOSÉ MANUEL MORENO CASTRO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, C.I. N° 16.854.737-4, ambos domiciliados en Avenida Botrolhue N° 1504, casa 17, comuna y ciudad de Temuco; y ETC INVERSIONES SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 78.358.911-7, representada convencionalmente por don ROBERTO ESTEBAN MORENO CASTRO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. N° 13.580.195-K, ambos domiciliados en calle Rudecindo Ortega N° 04205, casa 134, Condominio Vista Golf, comuna y ciudad de Temuco, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, la cual se regirá por las disposiciones de la ley N° 3.918 y sus modificaciones, las normas del Código Civil y de Comercio que le sean aplicables, y, en especial, por los estatutos que constan en escritura extractada. Razón social: TRANSPORTES MC LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de MC LTDA. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) El flete, distribución, despacho, traslado y transporte terrestre, sea dentro del territorio nacional o en el extranjero, de mercaderías y de toda clase de bienes muebles, sea por cuenta propia y/o de terceros, en vehículos propios y/o de terceros; y b) La prestación de servicios de embalaje, carga, descarga y almacenamiento de mercancías y bienes muebles, sea por cuenta propia y/o de terceros, en bodegas propias y/o de terceros, incluyendo la ejecución de gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes al objeto señalado u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden las socias. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, si ninguna de las socias manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital: $3.000.000.-, que las socias aportaron y enteraron en la forma que a continuación se indica: Uno.- INVERSIONES MOCA SpA, a través de su representante, aportó la suma de $750.000.-, equivalente al 25% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad, ingresando dicha suma en arcas de la sociedad; Dos.- INVERSIONES NABADA SpA, a través de su representante, aportó la suma de $750.000.-, equivalente al 25% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad, ingresando dicha suma en arcas de la sociedad; Tres.- INVERSIONES EL MELÍ SpA, a través de su representante, aportó la suma de $750.000.-, equivalente al 25% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad, ingresando dicha suma en arcas de la sociedad; y Cuatro.- ETC INVERSIONES SpA, a través de su representante, aportó la suma de $750.000.-, equivalente al 25% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad, ingresando dicha suma en arcas de la sociedad. En consecuencia, quedó íntegramente suscrito y pagado el capital de la sociedad. Responsabilidad de los socios: La responsabilidad de las socias queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ ERNESTO MORENO ORELLANA, quien, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, entendiéndose investido de las más amplias facultades de administración y disposición, inclusive para la ejecución de actos y celebración de contratos para los cuales las leyes requieran poderes o facultades especiales, sin que sea necesario, para ello, otorgarle poder alguno ni acreditarlo ante terceros. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Temuco, 18 de junio de 2026.