Instrumento
- Fecha
- 5 de junio de 2026
- Repertorio
- 9278
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La realización de cualquiera de las actividades o giros siguientes: A) La comercialización, compra, venta, distribución, importación y exportación, al por mayor y al por menor, de toda clase de productos de consumo propios de “minimarket”, almacenes y supermercados, tales como abarrotes, paquetería, congelados, refrigerados, productos elaborados con resolución sanitaria y de elaboración propia, panadería, pastelería, frutos secos, cecinas, helados, conservas, bebidas analcohólicas, confites, chocolates, productos lácteos, café, té y hierbas naturales, frutas y verduras frescas y procesadas, carbón, productos de aseo e higiene personal y del hogar, artículos de librería, tabacos, cigarros y encendedores, entre otros similares; B) El establecimiento, administración y explotación de establecimientos comerciales tales como minimarket, almacenes, bazares, supermercados, rotiserías, cafeterías, fuentes de soda y locales de comida rápida o al paso, en locales propios o ajenos; C) La prestación de servicios de corresponsalía bancaria, recaudación de cuentas, recargas de servicios y giros de dinero, a través de plataformas como Caja Vecina, Sencillito u otras similares; D) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, franquicias de empresas vinculadas directa o indirectamente con los giros señalados; E) La compra, venta, distribución, comercialización, importación y exportación, y venta tanto al por mayor como al detalle, de todo tipo de bebidas alcohólicas, licores, vinos, cervezas y alcoholes, así como de bebidas analcohólicas; F) La distribución y venta, al por mayor y al por menor, de tabaco, cigarrillos y demás productos de tabaquería; G) La instalación, explotación y desarrollo comercial de botillerías, bares, restaurantes, pubs, centros de eventos y establecimientos similares, en locales propios o ajenos; H) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, dividido en cien acciones de una sola serie, sin valor nominal. Dicho capital es íntegramente suscrito y pagado de la forma expresada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos sociales. Tanto las acciones antes referidas, como aquellas que a futuro emita la sociedad, no estarán representadas por láminas físicas del título, sino por certificados que serán suscritos, en duplicado, por el titular y el Gerente a solicitud de los
Administración
La administración de la sociedad, su representación, judicial y extrajudicial, y el uso de su nombre o razón social, incluso ante bancos, instituciones financieras y entidades gubernamentales, corresponderá al compareciente MARIO GABRIEL BENJAMÍN GUTIÉRREZ LETELIER, quién actuando en forma unipersonal y anteponiendo la razón social a su firma, representará a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que sean necesarias para el cumplimiento del objeto social detalladas en escritura extractada. Santiago 08 de junio 2026
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con domicilio en Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 05 de Junio de 2026, Repertorio N°9.278, otorgada ante mí, don MARIO GABRIEL BENJAMÍN GUTIÉRREZ LETELIER constituyó una Sociedad Por Acciones de la cual extracto lo siguiente: Nombre: “SOCIEDAD COMERCIAL MARIO GUTIÉRREZ SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía el de “GUTI SpA”; Objeto: La realización de cualquiera de las actividades o giros siguientes: A) La comercialización, compra, venta, distribución, importación y exportación, al por mayor y al por menor, de toda clase de productos de consumo propios de “minimarket”, almacenes y supermercados, tales como abarrotes, paquetería, congelados, refrigerados, productos elaborados con resolución sanitaria y de elaboración propia, panadería, pastelería, frutos secos, cecinas, helados, conservas, bebidas analcohólicas, confites, chocolates, productos lácteos, café, té y hierbas naturales, frutas y verduras frescas y procesadas, carbón, productos de aseo e higiene personal y del hogar, artículos de librería, tabacos, cigarros y encendedores, entre otros similares; B) El establecimiento, administración y explotación de establecimientos comerciales tales como minimarket, almacenes, bazares, supermercados, rotiserías, cafeterías, fuentes de soda y locales de comida rápida o al paso, en locales propios o ajenos; C) La prestación de servicios de corresponsalía bancaria, recaudación de cuentas, recargas de servicios y giros de dinero, a través de plataformas como Caja Vecina, Sencillito u otras similares; D) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, franquicias de empresas vinculadas directa o indirectamente con los giros señalados; E) La compra, venta, distribución, comercialización, importación y exportación, y venta tanto al por mayor como al detalle, de todo tipo de bebidas alcohólicas, licores, vinos, cervezas y alcoholes, así como de bebidas analcohólicas; F) La distribución y venta, al por mayor y al por menor, de tabaco, cigarrillos y demás productos de tabaquería; G) La instalación, explotación y desarrollo comercial de botillerías, bares, restaurantes, pubs, centros de eventos y establecimientos similares, en locales propios o ajenos; H) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea consecuencia de estos, u otros que los socios acuerden. ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, dividido en cien acciones de una sola serie, sin valor nominal. Dicho capital es íntegramente suscrito y pagado de la forma expresada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos sociales. Tanto las acciones antes referidas, como aquellas que a futuro emita la sociedad, no estarán representadas por láminas físicas del título, sino por certificados que serán suscritos, en duplicado, por el titular y el Gerente a solicitud de los socios. Capital: la cantidad de $1.000.000.-, dividido en 100 acciones de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en el acto de constitución por don MARIO GABRIEL BENJAMÍN GUTIÉRREZ LETELIER; Administración. La administración de la sociedad, su representación, judicial y extrajudicial, y el uso de su nombre o razón social, incluso ante bancos, instituciones financieras y entidades gubernamentales, corresponderá al compareciente MARIO GABRIEL BENJAMÍN GUTIÉRREZ LETELIER, quién actuando en forma unipersonal y anteponiendo la razón social a su firma, representará a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes que sean necesarias para el cumplimiento del objeto social detalladas en escritura extractada. Santiago 08 de junio 2026.-