MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA Y AVÍCOLA SANTA CARMEN LIMITADA

RUT 89241900-0 CVE 2828863
Capital
$776.471.100 CLP
Fecha instrumento
29 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de mayo de 2026
Notario
PATRICIO COROMINAS MELLADO
Oficio
2° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$776.471.100 CLP

Personas y entidades (4)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MORENO MORGADO LIMITADA socio 78247306-9
ARDILES MORGADO LIMITADA socio 78423378-2
ZAGAL MORGADO LIMITADA socio 78425704-5
SOCIEDAD AGRÍCOLA Y AVÍCOLA SANTA CARMEN LIMITADA socio 89241900-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular 2° Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en Av. La Dehesa N° 1.201, local 101, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 29 de mayo de 2026, Rep. 3497-2026, ante mí, doña LUZ EUGENIA MORGADO ROJAS, C.I. N° 9.520.418-K, MORENO MORGADO LIMITADA, RUT N° 78.247.306-9; doña CARMEN GLORIA MORGADO ROJAS, C.I. N° 9.029.333-8, FIEDLER MORGADO LIMITADA RUT N° 78.425.652-9; doña ANA ELISA MORGADO ROJAS, C.I. N° 8.575.980-9, ARDILES MORGADO LIMITADA, RUT 78.423.378-2; FERNANDA CAMILA ARDILES MORGADO, C.I. N° 19.080.200-0; CAMILO IGNACIO ARDILES MORGADO, C.I. N° 18.024.064-0; doña MÓNICA PATRICIA DEL CARMEN MORGADO ROJAS, C.I. N° 8.541.054-7, ZAGAL MORGADO LIMITADA, RUT N° 78.425.704-5; doña MACARENA ALEJANDRA MORGADO GUIÑEZ, C.I. N° 18.394.356-1; doña CLAUDIA ANDREA MORENO MORGADO, C.I. N° 18.142.688-8; doña PAULINA EUGENIA MORENO MORGADO, C.I. 18.142.687-K; VICENTE ANTONIO MORENO MORGADO, C.I. N° 20.168.668-7; CAMILA ISIDORA FIEDLER MORGADO, C.I. N° 20.167.319-4; don DANILO IGNACIO FIEDLER MORGADO, C.I. N° 18.450.712-9; doña FRANCISCA DANIELA ZAGAL MORGADO, C.I N°18.392.457-5; don MAXIMILIANO ANDRÉS ZAGAL MORGADO, C.I. N° 17.405.266-2; don PABLO ALEJANDRO SALVADOR ZAGAL MORGADO, C.I. N° 16.056.311-7; don FELIPE ANDRÉS ARDILES MORGADO, C.I. N° 16.608.729-5; todos domiciliados para estos efectos en Rosario Norte N°555, oficina 1104, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron modificar SOCIEDAD AGRÍCOLA Y AVÍCOLA SANTA CARMEN LIMITADA, RUT N°89.241.900-0, inscrita a fojas 214 vta número 68 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle correspondiente al año 1982 en adelante la "Sociedad", en el siguiente sentido: Con expresa autorización de los demás socios: A) Fernanda Camila Ardiles Morgado, Camilo Ignacio Ardiles Morgado, y Felipe Andrés Ardiles Morgado, aportan, ceden y transfieren a ARDILES MORGADO LIMITADA, la totalidad de derechos que les correspondían en la Sociedad, retirándose como socios e ingresando ARDILES MORGADO LIMITADA como nueva socia. B) Camila Isidora Fiedler Morgado y Danilo Ignacio Fiedler Morgado, aportan, ceden y transfieren a FIEDLER MORGADO LIMITADA, la totalidad de los derechos que les correspondían en la Sociedad, retirándose como socios e ingresado FIEDLER MORGADO LIMITADA como nueva socia. C) Claudia Andrea Moreno Morgado, Paulina Eugenia Moreno Morgado y Vicente Antonio Moreno Morgado, aportan, ceden y transfieren a MORENO MORGADO LIMITADA, la totalidad de los derechos que les correspondían en la Sociedad, retirándose como socios e ingresado MORENO MORGADO LIMITADA como nueva socia. D) Francisca Daniela Zagal Morgado, Maximiliano Andrés Zagal Morgado y Pablo Alejandro Salvador Zagal Morgado, aportan, ceden y transfieren a ZAGAL MORGADO LIMITADA, la totalidad de los derechos que les correspondían en la Sociedad, retirándose como socios e ingresado ZAGAL MORGADO LIMITADA como nueva socia. En consecuencia, quedan como únicos socios de la Sociedad: Mónica Patricia del Carmen Morgado Rojas, titular de un 21% de los derechos sociales; Luz Eugenia Morgado Rojas, titular de un 21% de los derechos sociales; Ana Elisa Morgado Rojas, titular de un 21% de los derechos sociales; Carmen Gloria Morgado Rojas, titular de un 21,5% de los derechos sociales; Macarena Alejandra Morgado Guiñez, titular de un 10% de los derechos sociales; Zagal Morgado Limitada, titular de 1,5% de los derechos sociales; Moreno Morgado Limitada titular de 1,5% de los derechos sociales; Ardiles Morgado Limitada, titular de 1,5% de los derechos sociales; y Fiedler Morgado Limitada, titular de 1% de los derechos sociales. Por tanto, los actuales y únicos socios de la Sociedad acuerdan modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: "Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $776.471.100 pesos, que los socios han aportado en dinero efectivo en arcas sociales en las siguientes sumas: A) doña Mónica Patricia del Carmen Morgado Rojas, la cantidad de $163.058.931 pesos, correspondiente al 21% de los derechos sociales; B) doña Luz Eugenia Morgado Rojas, la cantidad de $163.058.931 pesos, correspondiente al 21% de los derechos sociales; C) doña Ana Elisa Morgado Rojas, la cantidad de $163.058.931 pesos, correspondiente al 21% de los derechos sociales; D) doña Carmen Gloria Morgado Rojas, la cantidad de $166.941.285 pesos, correspondiente al 21,5% de los derechos sociales; E) doña Macarena Alejandra Morgado Guiñez, la cantidad de $77.647.110 pesos, correspondiente al 10% de los derechos sociales; F) Zagal Morgado Limitada la cantidad de 11.647.067 pesos, correspondiente al 1,5% por ciento de los derechos sociales; G) Moreno Morgado Limitada la cantidad de 11.647.067 pesos, correspondiente al 1,5% por ciento de los derechos sociales; H) Ardiles Morgado Limitada la cantidad de 11.647.067 pesos, correspondiente al 1,5% por ciento de los derechos sociales; I) Fiedler Morgado Limitada la cantidad de $7.764.711 pesos, correspondiente al 1% de los derechos sociales. Los socios declaran estar de acuerdo en los porcentajes que representan sus aportes pagados sobre el total del capital de la sociedad. En este sentido, aceptan expresamente que dichos porcentajes, en algunos casos, han sido aproximados al valor decimal expresado en esta cláusula". En todo lo no modificado, continúan vigentes los estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 18 de junio de 2026.