MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA LOS CHENQUES LIMITADA

RUT 78112360-9 CVE 2827959
Fecha instrumento
3 de marzo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de marzo de 2026
Repertorio
1891/2026
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, CERTIFICA: que por Escritura Pública de fecha 03 de marzo de 2026, repertorio 1891/2026, ante mí, JUAN IGNACIO NICANOR ARRIAGADA MÜLLER por sí y en representación de la Sucesión por causa de muerte de don Carlos Hernán Arriagada Pimentel, JOSE MIGUEL GUILLERMO ARRIAGADA MÜLLER, CARLOS FRANCISCO ARRIAGADA MÜLLER, FELIPE EDUARDO ARRIAGADA MÜLLER y EL AVELLANO SpA – sociedad representada por don Juan Ignacio Nicanor Arriagada Müller y don José Miguel Guillermo Arriagada Müller -, todos domiciliados en calle Las Torcazas 199, departamento 72, Las Condes, Región Metropolitana, respecto de la sociedad “INVERSIONES E INMOBILIARIA LOS CHENQUES LIMITADA”, RUT N° 78.112.367-9, constituida por escritura pública de fecha 31 de mayo de 1991, notaría de Santiago de don Eduardo Pinto Peralta, extracto inscrito a Fojas 17057, Número 8536 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 1991, exponen y acuerdan lo siguiente: Antecedentes: Se deja constancia del fallecimiento del socio don Carlos Hernán Arriagada Pimentel, la Sucesión del causante aportó a la sociedad por acciones EL AVELLANO SpA el ochenta por ciento de los derechos sociales que pertenecieron al causante en la sociedad Inversiones e Inmobiliaria Los Chenques Limitada, sociedad que aceptó dicho aporte, quedando incorporada como titular económico y jurídico de esos derechos. Dicho aporte se materializó conformes a los estatutos sociales de El Avellano SpA y la ley, siendo inscrito y publicado conforme a derecho. En consecuencia, para formalizar este cambio de titularidad, los socios acuerdan las siguientes modificaciones de Estatutos; se reemplaza íntegramente la cláusula relativa a la individualización de los socios y sus participantes, quedando redactado de la siguiente manera: “La sociedad quedará conformada por los siguientes socios y participaciones: uno) EL AVELLANO SpA con el ochenta por ciento de los derechos sociales; dos) don JUAN IGNACIO ARRIAGADA MÜLLER, un cinco por ciento de los derechos sociales; tres) don JOSE MIGUEL ARRIAGADA MÜLLER, un cinco por ciento de los derechos sociales; cuatro) don CARLOS FRANCISCO ARRIAGADA MÜLLER, en un cinco por ciento de los derechos sociales; y cinco) don FELIPE EDUARDO ARRIAGADA MÜLLER un cinco por ciento de los derechos sociales, modificándose el artículo cuarto de los Estatutos de la Sociedad en dicho sentido”. Se modifica la cláusula tercera de los estatutos sociales, la que quedará redactada de la siguiente forma; “la administración y uso de la razón social corresponderá a los señores JUAN IGNACIO ARRIAGADA MÜLLER, JOSE MIGUEL ARRIAGADA MÜLLER Y FELIPE EDUARDO ARRIAGADA MÜLLER, quienes actuando conjuntamente dos cualesquiera de ellos y anteponiendo la razón social a sus firmas, podrán representar y obligar válidamente a la sociedad con todas las facultades señaladas en el presente estatuto”. En consecuencia, quedan designados en el cargo de administradores de la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA LOS CHENQUES LIMITADA don JUAN IGNACIO NICANOR ARRIAGADA MÜLLER, JOSE MIGUEL GUILLERMO ARRIAGADA MÜLLER Y FELIPE EDUARDO ARRIAGADA MÜLLER, todos previamente individualizados, quienes actuarán en la forma y con las facultades indicadas en los estatutos. En todo lo no modificado, continúan vigentes las estipulaciones del pacto social, particularmente lo relativo a que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 28 de abril de 2026.