CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES DEPORTE TOTAL SpA

RUT 8774260-1 CVE 2828023
Fecha instrumento
20 de noviembre de 2019
Notaría
Vitacura

Instrumento

Fecha
20 de noviembre de 2019
Repertorio
8417-2026
Notario
Luis Alberto Maldonado Concha
Oficio
Segunda Notaría de Vitacura
Comuna
Vitacura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por instrumento privado de fecha 16 de junio de 2026, protocolizado ante mí, con la misma fecha, bajo el número 2910 del repertorio 8417-2026, Alberto Alejandro Straube Cavada, C.I. 8.774.260-1, domiciliado en Avenida Las Condes N° 9390, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; único accionista, según registro accionistas que he tenido a la vista de la sociedad “INVERSIONES DEPORTE TOTAL SpA”, Rol Único Tributario número 77.094.421-K, constituida por escritura pública de fecha 20 de noviembre de 2019, otorgada en la Séptima Notaría de Santiago de doña María Soledad Santos Muñoz, bajo el repertorio número 15.832-2019, inscrita a fojas 91956, número 45154 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2019, en adelante la “Sociedad”, modificó la Sociedad en el siguiente sentido: PRIMERO: Modificó el artículo cuarto de los estatutos sociales, relativo al objeto social, en el sentido de que el nuevo objeto de la sociedad será, por cuenta propia o ajena, individualmente o asociada con terceros, en el país o en el extranjero: a) La compra, venta, distribución, almacenamiento, depósito, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y/o reparación de elementos deportivos, equipos, implementos, accesorios, vestuario, maquinaria, artículos y bienes destinados a todo tipo de deportes, actividades físicas, recreativas, de seguridad, entrenamiento, esparcimiento y, en general, toda clase de bienes de consumo relacionados directa o indirectamente con dichas actividades; b) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración y explotación, a cualquier título, de bienes raíces o derechos sobre ellos, por cuenta propia o ajena, incluyendo la subdivisión, loteo, urbanización, desarrollo, habilitación y explotación de predios urbanos o rústicos; c) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures, derechos sociales, cuotas, instrumentos financieros y, en general, toda clase de activos, pudiendo adquirirlos, enajenarlos, explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos y celebrar respecto de ellos toda clase de actos y contratos; d) La explotación, administración, operación, representación, intermediación y distribución de todo tipo de establecimientos comerciales, locales, tiendas, bodegas, centros de distribución, plataformas de venta, canales digitales o físicos, y demás negocios destinados a la comercialización, venta, representación o distribución de bienes muebles e inmuebles; e) La prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros, público o privado, remunerado o gratuito, urbano, rural, interurbano, nacional o internacional, en vehículos propios, arrendados, tomados en leasing, administrados o explotados a cualquier otro título, incluyendo servicios de transporte de personal, trabajadores, estudiantes, deportistas, turistas, delegaciones, pasajeros particulares, transporte especial, transporte privado remunerado de pasajeros, servicios de traslado, transfer, turismo, excursiones, viajes especiales, transporte institucional, empresarial, escolar, recreacional, deportivo y cualquier otra modalidad de transporte de pasajeros permitida por la normativa vigente, pudiendo para ello operar, administrar, contratar, subcontratar, arrendar, adquirir, enajenar, mantener, reparar y explotar toda clase de vehículos motorizados o no motorizados, buses, minibuses, vans, automóviles, camionetas y demás medios de transporte necesarios o convenientes para el desarrollo de dicha actividad; f) La prestación de servicios complementarios o accesorios al transporte, incluyendo la organización, coordinación, gestión, intermediación, logística, programación y administración de rutas, viajes, traslados, reservas, contratos de transporte, servicios turísticos, deportivos, recreacionales, empresariales o institucionales, así como la mantención, reparación, administración y explotación de vehículos, equipos, instalaciones, estacionamientos, terminales, puntos de despacho o cualquier infraestructura necesaria o útil para el desarrollo de dichas actividades; g) Y, en general, la celebración y ejecución de toda clase de actos, contratos, negocios, operaciones y actividades lícitas que se relacionen directa o indirectamente con los objetos anteriores, que los complementen, faciliten, desarrollen o sean consecuencia de ellos, o que los accionistas acuerden en conformidad a la ley y a los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Vitacura, 17 de junio de 2026.