EUROTEC SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2026
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será efectuar la importación, exportación, compra, venta, distribución, comercialización, representación, consignación, fabricación, formulación, envasado y transporte de alimentos, suplementos, aditivos, premezclas, minerales, vitaminas y toda clase de productos destinados a la nutrición y alimentación animal, incluyendo animales de compañía, ganado, aves, porcinos, equinos, acuicultura y otras especies. Asimismo, podrá prestar servicios de asesoría técnica y comercial en materias relacionadas con nutrición animal, manejo alimenticio, producción pecuaria y agroindustrial; desarrollar actividades agrícolas, ganaderas y agrocomerciales; actuar como representante de marcas nacionales o extranjeras; participar en licitaciones públicas y privadas; y ejecutar toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el giro principal. La sociedad podrá además realizar inversiones en bienes muebles e inmuebles, derechos, acciones y valores mobiliarios; constituir o participar en otras sociedades; abrir agencias, sucursales o establecimientos comerciales; y, en general, ejecutar cualquier actividad o negocio que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES Y GESTIÓN DE PROYECTOS ACUÍCOLAS SpA | socio | 76649587-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifico: que, por escritura pública de fecha 9 de junio de 2026, Rep.3845, ante mí, INVERSIONES Y GESTIÓN DE PROYECTOS ACUÍCOLAS SpA, RUT N°76.649.587-7, domiciliada en Las Golondrinas número veintidós, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos, constituyó sociedad por acciones regida por las disposiciones del Párrafo 8º, del Título VII, del Libro II, artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y solo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y en especial por los siguientes estatutos. NOMBRE: El nombre será Eurotec SpA.- OBJETO: El objeto de la sociedad será efectuar la importación, exportación, compra, venta, distribución, comercialización, representación, consignación, fabricación, formulación, envasado y transporte de alimentos, suplementos, aditivos, premezclas, minerales, vitaminas y toda clase de productos destinados a la nutrición y alimentación animal, incluyendo animales de compañía, ganado, aves, porcinos, equinos, acuicultura y otras especies. Asimismo, podrá prestar servicios de asesoría técnica y comercial en materias relacionadas con nutrición animal, manejo alimenticio, producción pecuaria y agroindustrial; desarrollar actividades agrícolas, ganaderas y agrocomerciales; actuar como representante de marcas nacionales o extranjeras; participar en licitaciones públicas y privadas; y ejecutar toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el giro principal. La sociedad podrá además realizar inversiones en bienes muebles e inmuebles, derechos, acciones y valores mobiliarios; constituir o participar en otras sociedades; abrir agencias, sucursales o establecimientos comerciales; y, en general, ejecutar cualquier actividad o negocio que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el objeto social. CAPITAL: El capital social es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en dinero en efectivo.- DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero.- DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y los estatutos establecen.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 17 del año 2026.