Donoso y Donoso SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2026
- Notario
- Jorge Carvallo Velasco
- Oficio
- Segunda Notaría de Santa Cruz
- Comuna
- Santa Cruz
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Carvallo Velasco, Notario Público Titular Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en Calle Claudio Cancino, número sesenta, Pasaje Marcel, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí: WILSON RODRIGO DONOSO PEÑALOZA, chileno, casado, contador, cédula nacional de identidad número 13.782.311-K, con domicilio en San Gregorio sin número, comuna de Nancagua, Provincia de Colchagua, Región de O’Higgins; y RAIMUNDO LORENZO DONOSO SOTO, chileno, casado, comerciante, cédula nacional de identidad número 9.104.205-3, con domicilio en Población Riego, Pasaje Los Acacios número ciento doce b, Cunaco, comuna de Nancagua, Provincia de Colchagua, Región de O’Higgins; ambos de paso en ésta ciudad y en su calidad de únicos y actuales socios y accionistas de la sociedad denominada Donoso y Donoso SpA, Rut. 77.614.924-1, constituida el 09 de junio de 2022, ante Notario Público de Santa Cruz don Jorge Carvallo Velasco, e inscrita a fs.157, número 126 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando del año 2022, modificaron el Artículo Segundo del pacto social original, relativo al objeto de la sociedad, en siguiente sentido: Amplían el objeto social de la sociedad a las siguientes actividades, manteniéndose invariables los giros ya descritos en el pacto social original: “La compra, venta, importación, exportación, elaboración, fabricación, producción, distribución, representación y comercialización, al por mayor y al por menor, de toda clase de bienes, mercaderías y productos; especialmente podrá desarrollar actividades de almacén, minimarket, supermercado, botillería, cafetería, panadería y comercio en general; elaborar, producir, distribuir y comercializar alimentos y productos alimenticios en general, abarrotes, frutas, verduras, carnes y productos cárnicos, cecinas, productos del mar, alimentos congelados, helados, lácteos, pan, masas, confites, snacks, bebidas analcohólica y alcohólicas como vinos, licores y cervezas; hielo, tabaco y sus derivados; asimismo, podrá comercializar, instalar, arrendar, administrar y explotar máquinas de café, máquinas expendedoras y equipos relacionados; materiales eléctricos, artículos electrónicos, equipos computacionales, tecnológicos y de telecomunicaciones, electrodomésticos, herramientas, artículos de ferretería, materiales de construcción, artículos de aseo, artículos para el hogar, bazar, oficina, vestuario, juguetes, productos y alimentos para mascotas; también podrá comercializar repuestos, accesorios, lubricantes, neumáticos, baterías, partes y piezas para toda clase de vehículos y maquinarias; prestar servicios de transporte, reparto, logística, almacenamiento, bodegaje, comercio electrónico, recaudación y pagos, mantenimiento e instalación de equipos.- La sociedad podrá además adquirir, vender, arrendar, administrar y explotar bienes muebles e inmuebles, efectuar inversiones y realizar toda clase de actos, contratos, negocios y actividades lícitas relacionadas directa o indirectamente con su objeto social”.- En todo lo no modificado en forma expresa por la escritura de modificación, permanece plenamente vigente el pacto social primitivo.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santa Cruz, 09 Junio 2026.