DISOLUCIÓN Sociedad Anónima

CORPORACIÓN RABCO S.A.

RUT 83537800-4 CVE 2827880
Fecha instrumento
4 de mayo de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de mayo de 2026
Repertorio
1699
Notario
ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO
Oficio
Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, Abogado, Notario Público Titular de la Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Independencia, según decreto número 44 de fecha 18 de abril del año 2024, del departamento judicial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con domicilio en Avenida Independencia N°873, comuna de Independencia, ante mí: don VÍCTOR ANDRÉS FLORES MORALES, chileno, divorciado, abogado, cédula nacional de identidad 8.552.724-k, domiciliado en Avenida Apoquindo 3.300, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, procedió a reducir escritura pública de 4 de mayo de 2026, otorgada ante mí bajo el Repertorio N°1699 el acta de la “JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS CORPORACIÓN RABCO S.A.”, R.U.T. 83.537.800-4, y que fuera constituida por escritura pública de fecha 18 de junio de 1974, ante el Notario Público de Santiago, don Eduardo Quezada Roldán e inscrita a fojas 5.546, N° 3.116 del Registro de Comercio correspondiente al año 1974 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. “JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS CORPORACIÓN RABCO S.A.”: La Junta se celebró con fecha 1 de abril de 2026, con la asistencia del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto, acordándose por unanimidad: La Junta, una vez oída las propuestas del Presidente y luego de un breve debate, adoptó por unanimidad, los siguientes acuerdos: Uno Disolución: Disolver la Sociedad de acuerdo a lo dispuesto en el artículo Trigésimo Quinto de los estatutos sociales, en concordancia con los artículos cincuenta y siete, número uno, ciento tres, y número tres, ambos de la LSA, la que tendrá efecto a la fecha de la reducción a escritura pública del acta de la presente Junta. En consecuencia, conforme al Artículo Trigésimo Sexto de los estatutos sociales, la Sociedad disuelta pasará a denominarse – para efectos de su liquidación – como “CORPORACIÓN RABCO S.A. EN LIQUIDACIÓN”. Dos Liquidador: Designar como liquidador de la Sociedad disuelta – “CORPORACIÓN RABCO S.A. EN LIQUIDACIÓN” – a Sociedad de Inversiones B.Y. Ltda., titular de veintisiete mil quinientos veintidós acciones, representada por don Rafael Barra Carmona, accionista de la Sociedad disuelta. El liquidador estará investido de todas las facultades que le correspondan de acuerdo a lo establecido en el artículo ciento catorce de la LSA, y las demás facultades que la LSA o el estatuto no establezcan como privativas de las juntas de accionistas, y actuará – para efectos de la liquidación – de conformidad al estatuto social y a las disposiciones legales de la LSA y su Reglamento. Por último, el liquidador no será remunerado en su cargo. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Independencia, 29 de mayo de 2026.