MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CONSULTORA, INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA J & B SpA

RUT 76547343-8 CVE 2827948
Fecha instrumento
16 de junio de 2026

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2026
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha cinco de junio del año dos mil veintiséis, ante mí, don EDUARDO ALEJANDRO BECAS MORA, chileno, abogado, casado y separado de bienes, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos dieciocho mil doscientos noventa y cuatro guión siete, con domicilio en calle Miraflores ochocientos noventa y nueve, de la ciudad y comuna de Temuco, en adelante e indistintamente “EL VENDEDOR” ; y por la otra, don LUIS MIGUEL RIQUELME MERINO, chileno, factor de comercio, soltero, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos cuarenta y cinco mil ochocientos sesenta y cinco guión nueve, con domicilio en Andrés Bello trescientos veinte de la ciudad y comuna de Temuco, en adelante e indistintamente, “EL COMPRADOR”, expusieron: Don EDUARDO ALEJANDRO BECAS MORA, es dueño de cien acciones de la sociedad “CONSULTORA, INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA J & B SpA”, cuyo nombre de fantasía es “J & B SpA” Rol único tributario número setenta y seis millones quinientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta y tres guión ocho, con domicilio en la ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, según consta en escritura pública de fecha veintiséis de enero del año dos mil dieciséis, ante el Notario de Temuco, don Jorge Tadres Hales, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas trescientos nueve número ciento ochenta y cinco del año dos mil dieciséis, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Modificada por escritura pública de once de septiembre de dos mil veinte otorgada ante el Notario de Temuco, don Jorge Tadres Hales, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y dos mil setecientos sesenta de fecha veintiuno de septiembre de dos mil veinte, que se encuentra inscrito a fojas novecientos cuarenta y nueve número quinientos treinta y tres del año dos mil veinte, en el Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Temuco. A la fecha, la empresa CONSULTORA, INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA J & B SpA, se encuentra vigente, y su capital estatutario asciende a la suma de dos millones de pesos y se encuentra dividido y representado en cien acciones ordinarias, nominativas, de única serie y, sin valor nominal. En consecuencia, el capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito, pagado y enterado en la caja social. PRESENTE CESION: Por instrumento extractado EDUARDO ALEJANDRO BECAS MORA, vende, cede y transfiere el dominio de cien acciones, equivalentes al cien por ciento del total de las acciones de la CONSULTORA, INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA J & B SpA a LUIS MIGUEL RIQUELME MERINO, quien las compra, acepta y adquiere para sí, en el precio señalado en la cláusula cuarta siguiente. Como consecuencia directa de esta enajenación, don LUIS MIGUEL RIQUELME MERINO pasa a ser el único y exclusivo titular y dueño del cien por ciento de las acciones de la sociedad. Asimismo, el comprador declara para todos los efectos legales lo siguiente: a) Que conoce la normativa legal aplicable que regula a las sociedades por acciones; y b) Que declara conocer y aceptar los estatutos sociales de CONSULTORA, INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA J & B SpA, y de los acuerdos adoptados en las Juntas de Accionistas de la Sociedad. El precio de la compraventa de las cien acciones corresponde a la cantidad única, total y definitiva de dos millones de pesos, precio que se pagó con anterioridad a entera satisfacción del vendedor. En este acto, el Vendedor hace entrega al Comprador de los títulos de las cien acciones de la sociedad, para cuyo efecto también declara que las acciones transferidas por este acto se encuentran íntegramente pagadas. PRESENTE MODIFICACION: don LUIS MIGUEL RIQUELME MERINO en su calidad de actual y único titular del cien por ciento de las acciones de la sociedad CONSULTORA, INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA J & B SpA, viene en este acto en modificar el artículo décimo del título tercero del pacto social contenido en la escritura de constitución ya singularizada en la cláusula primera de este instrumento, el cual se refiere a la administración de la sociedad. La modificación consiste en establecer que la administración y uso de la razón social, así como la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quedará radicada en forma exclusiva y absoluta en el nuevo accionista único, don LUIS MIGUEL RIQUELME MERINO, con todas y cada una de las facultades ya descritas en el pacto social referido, que por este acto se dan por expresamente reproducidas. El nuevo administrador, anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad con todas las facultades que de modo ejemplar, no limitativo ni taxativo se indican en el mencionado estatuto. Como consecuencia de lo señalado, la sociedad queda exclusivamente constituida por don LUIS MIGUEL RIQUELME MERINO con el cien por ciento de las acciones y, por ende, como su único representante legal para todos los efectos jurídicos derivados. En todo lo demás que no sea expresamente modificado por el presente instrumento, siguen plenamente vigentes, válidas y eficaces las demás estipulaciones y cláusulas de que dan cuenta los estatutos sociales de la compañía. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 16 de Junio de 2026.