CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL VALENTINO E.I.R.L.

RUT 10844149-6 CVE 2827845
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de junio de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de junio de 2026
Repertorio
5319-2026
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
5 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales, si el titular no manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses al final del período respectivo

Objeto social

compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, distribución de todo tipo de bienes, sin que la enumeración que sigue sea limitativa o taxativa, sino que meramente ejemplar venta de abarrotes, galletas, café y té, carnicería, huevos , rotiserías y fiambrerías, pescaderías y mariscos, leche y productos lácteos, verdulerías, fruterías, pan, confitería, helados y hielo, alimentos para animales, artículos de aseo y detergentes, bazares, cordonerías y paquetería, librerías, papelerías y artículos de oficina, perfumerías, alimentos, bebidas, golosinas, productos de higiene personal, artículos de limpieza, productos para el hogar y otros no clasificados concordantes con el giro y la realización de todas aquellas actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don FRANKLIN ANTONIO LUTZ CARVAJAL

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauro Fabián Aroca Guerrero, Abogado, Notario Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1.161, entrepiso, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha nueve de junio de 2026, repertorio N°5.319-2026, otorgada ante mí, compareció don FRANKLIN ANTONIO LUTZ CARVAJAL, chileno, casado bajo el régimen patrimonial de separación total de bienes, según se acreditará, empleado, C.I 10.844.149-6, de 58 años de edad, domiciliado Camino Lonquén Sur N° 3.900, parcela 40-8, Talagante; constituye sociedad individual de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL. “COMERCIAL VALENTINO E.I.R.L.”, nombre de fantasía “COVAL E.I.R.L".- OBJETO. compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, distribución de todo tipo de bienes, sin que la enumeración que sigue sea limitativa o taxativa, sino que meramente ejemplar venta de abarrotes, galletas, café y té, carnicería, huevos , rotiserías y fiambrerías, pescaderías y mariscos, leche y productos lácteos, verdulerías, fruterías, pan, confitería, helados y hielo, alimentos para animales, artículos de aseo y detergentes, bazares, cordonerías y paquetería, librerías, papelerías y artículos de oficina, perfumerías, alimentos, bebidas, golosinas, productos de higiene personal, artículos de limpieza, productos para el hogar y otros no clasificados concordantes con el giro y la realización de todas aquellas actividades comerciales que fueren complementarias o anexas al giro principal.- CAPITAL. $2.000.000.-que se paga en dinero efectivo, al contado, que ingresa a la caja de la empresa.- DOMICILIO. Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales y representaciones que puedan establecerse en otros puntos del país y del extranjero.- ADMINISTRACIÓN. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don FRANKLIN ANTONIO LUTZ CARVAJAL. DURACIÓN. 5 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovables a su vencimiento en forma automática, tácita y sucesiva, y por períodos iguales, si el titular no manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses al final del período respectivo.- Santiago, 09 de junio de 2026.