CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TERRA HYBRID CHILE SpA

RUT 15786291-K CVE 2828339
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de junio de 2026
Notaría
Antofagasta
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de junio de 2026
Repertorio
3275-2026
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta
Duración
Indefinida

Objeto social

La comercialización y distribución de productos deportivos especializados; colaboración con entrenadores, atletas e influencers en la generación de contenido; desarrollo de contenido digital a través de plataformas web y digitales; creación y fortalecimiento de comunidades digitales relacionadas con el deporte híbrido; desarrollo, implementación y explotación de plataformas digitales, aplicaciones móviles, soluciones tecnológicas y servicios digitales, incluyendo modelos de suscripción y software como servicio (SaaS), y, en general, la realización de toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el

Administración

Corresponderá indistinta y separadamente a don Sebastián Luis Alberto González Jofré, con amplias facultades de administración y representación de la sociedad, en los términos establecidos en los estatutos. Para constituir a la sociedad en aval, codeudora solidaria, obligarla ante bancos e instituciones financieras, constituir garantías sobre bienes sociales, enajenar bienes que constituyan su capital o delegar la administración y uso de la razón social a terceros, se requerirá la actuación conjunta de ambos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO HURTADO PERALTA, Abogado, Notario Titular de la 3era Notaría de Antofagasta, con oficio en calle Juan José Latorre 2398, Antofagasta, Certifico: Que, por escritura pública otorgada con fecha 05 de junio de 2026, Repertorio 3275-2026, ante mí, comparecieron: don Sebastián Luis Alberto González Jofré, cédula de identidad N° 15.786.291-K, chileno, soltero, ingeniero en ejecución eléctrico, domiciliado en eduardo orchard quinientos setenta y cuatro, de la ciudad de Antofagasta, Región de Antofagasta, y don Claudio Andrés Jerez Herrera, cédula de identidad N° 12.884.560-7, ingeniero comercial y contador auditor, domiciliado en valle del atardecer tres mil ochocientos treinta y nueve, departamento doscientos cinco de la ciudad de Antofagasta, región de Antofagasta, quienes constituyeron una sociedad por acciones. Razón Social: TERRA HYBRID CHILE SpA, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “Terra Hybrid”. Domicilio: Comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier lugar del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La comercialización y distribución de productos deportivos especializados; colaboración con entrenadores, atletas e influencers en la generación de contenido; desarrollo de contenido digital a través de plataformas web y digitales; creación y fortalecimiento de comunidades digitales relacionadas con el deporte híbrido; desarrollo, implementación y explotación de plataformas digitales, aplicaciones móviles, soluciones tecnológicas y servicios digitales, incluyendo modelos de suscripción y software como servicio (SaaS), y, en general, la realización de toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto social. Capital: $1.000.000, íntegramente aportado y pagado por los accionistas en partes iguales, dividido en 100.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y con un valor nominal de $10 cada una. Administración y uso de la razón social: Corresponderá indistinta y separadamente a don Sebastián Luis Alberto González Jofré, con amplias facultades de administración y representación de la sociedad, en los términos establecidos en los estatutos. Para constituir a la sociedad en aval, codeudora solidaria, obligarla ante bancos e instituciones financieras, constituir garantías sobre bienes sociales, enajenar bienes que constituyan su capital o delegar la administración y uso de la razón social a terceros, se requerirá la actuación conjunta de ambos socios. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 155 de junio de 2026.