Sociedad Médica Nevería Limitada
Instrumento
- Fecha
- 8 de junio de 2026
- Repertorio
- 5573/2026
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- "SOCIEDAD MÉDICA NEVERÍA SpA.”. Sin embargo, podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de "NEVERÍA SpA ". Domicilio, Santiago
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales en el área de la salud mental, en sus diversas ramas o especialidades, comprendiendo examen clínico, diagnóstico, prevención, terapia, tratamiento y curación de todo tipo de enfermedades mentales o patologías psíquicas o sicológicas. La prestación de los servicios recién señalados se desarrollará en forma directa o a través de convenios, sean a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar y organismos del sector público, municipal o privado. La compra, constitución, instalación, administración, arrendamiento y cualquier otra forma de explotación por cuenta propia o ajena, de centros médicos, consultorios, sanatorios, clínicas y cualquier establecimiento de salud. La compra, venta, importación, exportación, permuta, arrendamiento y en todas sus formas, de equipos, instrumentos, insumos, repuestos médicos, tecnologías y cualquier tipo de bienes muebles y)o inmuebles, que sean necesarios para el desempeño del objeto social, así como el otorgamiento de asistencia especializada, investigación, docencia y capacitación profesional, en áreas de la salud mental y afines, por sí o por terceros, a profesionales de salud y a público en general; y la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a las recién descritas
Administración
Corresponderá a don GONZALO ANDRES ACUÑA GUTIERREZ en la forma indicada en escritura extractada;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 08 de junio de 2026, Repertorio N° 5.573/2026, ante mi, GIANNI ALFREDO CANEPA LOWEY, domiciliado en Las Perdices N° 793, casa 31, la Reina, Santiago; GONZALO ANDRES ACUÑA GUTIERREZ y PAULA GABRIELA LEAL EGAÑA, ambos domiciliados en calle La Serena N° 785, Las Condes, Santiago; y MARIA PAOLA DAVANZO CORRE, domiciliada calle Evaristo Lillo N° 215, Las Condes, Santiago; modificaron “SOCIEDAD MÉDICA NEVERÍA LIMITADA”, inscrita a fojas 33.787, N°21.109, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2014, así: I) CESIÓN DE DERECHOS: Uno) GIANNI ALFREDO CANEPA LOWEY vende, cede y transfiere a PAULA GABRIELA LEAL EGAÑA, el 20% de su partición social. Precio cesión $4.000.000.- pagado en el acto. Dos) GIANNI ALFREDO CANEPA LOWEY vende, cede y transfiere a GONZALO ANDRES ACUÑA GUTIERREZ, el 5% de su partición social. Precio cesión $1.000.000.- pagado en el acto. . Tres) MARIA PAOLA DAVANZO CORREA vende, cede y transfiere a GONZALO ANDRES ACUÑA GUTIERREZ, la totalidad de su partición social, esto es, el 25% de los derechos sociales. Precio cesión asciende $5.000.000.- pagados en el acto.-. En consecuencia, quedan como únicos socios PAULA GABRIELA LEAL EGAÑA, con una participación del 45% de los derechos y GONZALO ANDRES ACUÑA GUTIERREZ, con una participación equivalente al 55% de los derechos sociales. II) TRANSFORMACIÓN. 2) Se acuerda transformar “SOCIEDAD MÉDICA NEVERÍA LIMITADA”, en una Sociedad por Acciones, así: RAZÓN SOCIAL Y DOMICILIO: "SOCIEDAD MÉDICA NEVERÍA SpA.”. Sin embargo, podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de "NEVERÍA SpA ". Domicilio, Santiago. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales en el área de la salud mental, en sus diversas ramas o especialidades, comprendiendo examen clínico, diagnóstico, prevención, terapia, tratamiento y curación de todo tipo de enfermedades mentales o patologías psíquicas o sicológicas. La prestación de los servicios recién señalados se desarrollará en forma directa o a través de convenios, sean a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar y organismos del sector público, municipal o privado. La compra, constitución, instalación, administración, arrendamiento y cualquier otra forma de explotación por cuenta propia o ajena, de centros médicos, consultorios, sanatorios, clínicas y cualquier establecimiento de salud. La compra, venta, importación, exportación, permuta, arrendamiento y en todas sus formas, de equipos, instrumentos, insumos, repuestos médicos, tecnologías y cualquier tipo de bienes muebles y/o inmuebles, que sean necesarios para el desempeño del objeto social, así como el otorgamiento de asistencia especializada, investigación, docencia y capacitación profesional, en áreas de la salud mental y afines, por sí o por terceros, a profesionales de salud y a público en general; y la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a las recién descritas. CAPITAL: $2.000.000.-, dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas en su totalidad, en dinero efectivo y al contado, así: GONZALO ANDRÉS ACUÑA GUTIERREZ, suscribió y pagó, al contado y dinero efectivo, $1.100.000, equivalente a 550.000.- acciones; PAULA GABRIELA LEAL EGAÑA, suscribió y pagó, al contado y en dinero efectivo, $900.000.- , equivalente a 450 acciones. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a don GONZALO ANDRES ACUÑA GUTIERREZ en la forma indicada en escritura extractada; Demás estipulaciones constan en pacto social que se extracta. Santiago, 15 de junio de 2026.