MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones L & V Limitada

RUT 76121624-4 CVE 2828224
Fecha instrumento
25 de mayo de 2026
Notaría
Maipú

Instrumento

Fecha
25 de mayo de 2026
Notario
ABNER BERNABE POZA MATUS
Oficio
Primera Notaría de Maipú
Comuna
Maipú

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ABNER BERNABE POZA MATUS, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Maipú, con oficio en calle General Ordoñez número 155, oficina 203, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 25 de Mayo de 2026 otorgada ante mí: don DIEGO ANTONIO ACEVEDO GODOY, domiciliado en Puerta del Viento N°2891, casa 37, comuna de Maipú., Doña VERÓNICA ALEJANDRA ALARCÓN PLAZA, domiciliada en calle Camino Antiguo Valparaíso N°2792, Parcela número ciento veintidós, comuna de Padre Hurtado, ambos en calidad socios, Doña LIDIA EMELINA SAAVEDRA DÍAZ, domiciliada en Santa Elena N°565, comuna de Maipú. y SOCIEDAD DE INVERSIONES DON OSCAR LIMITADA, representada para estos efectos por Doña ISABEL MARGARITA GODOY PEREZ, ambos domiciliados en Avenida Pajaritos N°4155, comuna de Maipú; de conformidad con la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, sanean la Modificación de la SOCIEDAD DE INVERSIONES L & V LIMITADA de fecha 24 de marzo del 2026.otorgada en la Notaria de don Abner Poza Matus, inscrita a fojas 29291 N°11642 del año 2026 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, De conformidad con el artículo cuarto letra b) de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, se hace expresa mención que los vicios que se sanean consisten en errores de cantidad y discrepancias en los montos indicados en las cláusulas Segunda y Tercera de la escritura matriz de modificación de sociedad y aporte de bienes raíces de fecha veintidós de marzo del año dos mil veintiséis, repertorio número novecientos veintitrés, otorgada en esta misma Notaría, especialmente respecto a la suma total de los aportes y el capital social resultante. En virtud de lo anterior, el compareciente rectificó y sanó dichos errores, modificando las cláusulas pertinentes de la escritura de veinticuatro de marzo del año dos mil veintiséis en el siguiente sentido: Uno. En la Cláusula Segunda (Aportes): Se aclara y rectifica que el valor total de los aportes realizados por los nuevos socios (Doña Lidia Emelina Saavedra Díaz y la Sociedad de Inversiones Don Oscar Ltda.) asciende a la suma de quince mil novecientos treinta y seis millones seiscientos ochenta y ocho mil pesos. Dos. En la Cláusula Tercera (Capital Social): Se rectifica el monto del capital social total, el cual, sumado el capital anterior de veinticinco millones de pesos y el nuevo aumento, queda fijado en la suma de quince mil novecientos sesenta y un millones seiscientos ochenta y ocho mil pesos. Tres. Se rectifica cualquier mención numérica o en palabras que sea contradictoria con los montos aquí señalados, primando para todos los efectos legales las cantidades indicadas en este instrumento. La participación social queda distribuida de la siguiente manera: Doña Verónica Alejandra Alarcón Plaza: con el 20% de los derechos sociales. Don Diego Antonio Acevedo Godoy, con el 30% de los derechos sociales. Doña Lidia Emelina Saavedra Díaz: con el 20% de los derechos sociales, Sociedad de Inversiones Don Oscar Limitada: con el 30% de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de Junio de 2026.-