MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES GUANICA LIMITADA

RUT 76218839-2 CVE 2828281
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de junio de 2026
Notaría
La Reina

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2026
Repertorio
45818-2026
Notario
Suplente de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA
Oficio
Primera Notaría de La Reina
Comuna
La Reina

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO PRIETO MAGNOLFI, Suplente de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, certifica: Que , por escritura pública de fecha 9 de junio del 2026, repertorio 45.818-2026, ante mí, FRANCISCO JAVIER ESTEBAN PÉREZ ITURRA, domiciliado en Santa Teresa de Los Andes N°9.770, departamento 403 A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; JAVIER ESTEBAN PÉREZ FROMBOLD, domiciliado en Santa Teresa de Los Andes N°9.770, departamento 403 A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y, FELIPE ESTEBAN BARROS PÉREZ, domiciliado en Paseo Pie Andino N°7.100, casa 69, Condominio La Llavería, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la INVERSIONES GUANICA LIMITADA, inscrita a fojas 41.535, N°29.197 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, en el siguiente sentido : I) Aumento de capital: Los socios acuerdan aumentar el capital social de $1.000.000, a $2.000.000, mediante un aumento de su capital en la cantidad de $1.000.000. Dicho aumento de capital fue íntegramente suscrito y pagado, en parte por don JAVIER ESTEBAN PÉREZ FROMBOLD y por don FELIPE ESTEBAN BARROS PÉREZ. Nuevo socio: Como consecuencia del referido aumento de capital, se incorpora como nuevo socio don FELIPE ESTEBAN BARROS PÉREZ, lo que es aceptado expresamente por los demás socios, declarando don FELIPE ESTEBAN BARROS PÉREZ, además, conocer y aceptar expresamente el contenido de sus estatutos. II) Modificación de estatutos : En virtud del aumento de capital acordado, los socios acuerdan modificar el artículo Sexto de los estatutos sociales , relativo a su capital y a la participación de los socio s, reemplazándolo íntegramente por el siguiente texto: “Sexto: El capital de la Sociedad es la suma de $2.000.000, íntegramente pagado por los socios en las siguientes cantidades y proporciones: i) Don FRANCISCO JAVIER ESTEBAN PÉREZ ITURRA aporta la suma de $200.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales; ii) don JAVIER ESTEBAN PÉREZ FROMBOLD aporta la cantidad de $1.600.000, equivalentes al 80% de los derechos sociales; y, iii) don FELIPE ESTEBAN BARROS PÉREZ aporta la cantidad de $200.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales, todos los que ingresan en caja social en dinero efectivo”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de junio de 2026.