Instrumento
- Fecha
- 20 de mayo de 2026
- Notario
- JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRODER
- Oficio
- 45 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- la comuna de Vitacura, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
(i) Actuar como sociedad holding mediante la inversión y participación, a cualquier título, en sociedades domiciliadas y no domiciliadas en territorio chileno, ya sea como socia, accionista, inversionista, aportante o en cualquier otra calidad que le permita tener interés o participación directa o indirecta en dichas entidades. Esto incluye dirigir y gestionar dichas participaciones, así como la adquisición y enajenación de acciones y participaciones representativas del capital social de cualquier tipo de sociedad; (ii) La gestión de empresas y su asesoramiento, incluyendo, pero no limitado a materias comerciales, financieras, contables, laborales, de organización, de seguridad y medio ambiente, de organización interna, entre otras; (iii) La concesión de préstamos y créditos, así como la financiación de cualquier tipo a favor de sociedades que integren el grupo de empresas de la que la sociedad sea matriz, excluyéndose expresamente las actividades reservadas legalmente a las entidades de crédito, establecimientos financieros de créditos, o cualquier otra entidad financiera o auxiliar financiera; (iv) La inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes inmuebles. Para ello, podrá dedicarse a la adquisición, administración, explotación, arrendamiento, enajenación y comercialización, con o sin promesa de compraventa, de bienes raíces urbanos o rurales, destinados a renta, desarrollo de proyectos inmobiliarios, loteos, subdivisiones, compraventa por mayor valor, remodelación o cualquier otro fin lícito; (v) Invertir, adquirir, poseer y enajenar toda clase de bienes muebles corporales e incorporales. Esto incluye, pero no se limita a, vehículos motorizados, maquinaria, equipamiento, activos tecnológicos y cualquier otro bien mueble registrable o no; (vi) La inversión en instrumentos financieros de renta fija o variable, con o sin presencia bursátil, tales como acciones, bonos, debentures, fondos de inversión públicos o privados, cuotas de fondos mutuos, criptomonedas, instrumentos derivados, o cualquier otro activo financiero disponible en el mercado nacional o internacional; (vii) Actuar como inversionista ángel, participar en rondas de financiamiento, capital de riesgo (venture capital) y apoyar proyectos de emprendimiento, innovación o desarrollo tecnológico; (viii) La administración de las mismas inversiones y la percepción de los beneficios o ganancias que de ellas se deriven; (ix) La sociedad podrá realizar actividades afectas y exentas de IVA, y para tales efectos, podrá desarrollar cualquier actividad comercial, civil, industrial, financiera o de servicios lícita en Chile o en el extranjero que directa o indirectamente se relacione con su objeto o sea útil para su desarrollo; adquirir, arrendar, gravar o enajenar bienes muebles o inmuebles; emitir, aceptar o negociar instrumentos de crédito y financieros; actuar como mandataria, representante, agente o comisionista; participar en licitaciones públicas o privadas; y en general, ejecutar cualquier actividad o negocio lícito que contribuya al cumplimiento de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRODER, Notario Público Titular de la 45 Notaría Santiago, domiciliado en calle Miraflores Nro. 222, piso 11, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública, de fecha 20 de Mayo de 2026, ante mí, DOMINGO ERRÁZURIZ LATORRE, domiciliado en Santa María Nro. 8480, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyó una Sociedad por Acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “DOMIER SpA”; Duración: indefinida. Domicilio: la comuna de Vitacura, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero; Objeto: (i) Actuar como sociedad holding mediante la inversión y participación, a cualquier título, en sociedades domiciliadas y no domiciliadas en territorio chileno, ya sea como socia, accionista, inversionista, aportante o en cualquier otra calidad que le permita tener interés o participación directa o indirecta en dichas entidades. Esto incluye dirigir y gestionar dichas participaciones, así como la adquisición y enajenación de acciones y participaciones representativas del capital social de cualquier tipo de sociedad; (ii) La gestión de empresas y su asesoramiento, incluyendo, pero no limitado a materias comerciales, financieras, contables, laborales, de organización, de seguridad y medio ambiente, de organización interna, entre otras; (iii) La concesión de préstamos y créditos, así como la financiación de cualquier tipo a favor de sociedades que integren el grupo de empresas de la que la sociedad sea matriz, excluyéndose expresamente las actividades reservadas legalmente a las entidades de crédito, establecimientos financieros de créditos, o cualquier otra entidad financiera o auxiliar financiera; (iv) La inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes inmuebles. Para ello, podrá dedicarse a la adquisición, administración, explotación, arrendamiento, enajenación y comercialización, con o sin promesa de compraventa, de bienes raíces urbanos o rurales, destinados a renta, desarrollo de proyectos inmobiliarios, loteos, subdivisiones, compraventa por mayor valor, remodelación o cualquier otro fin lícito; (v) Invertir, adquirir, poseer y enajenar toda clase de bienes muebles corporales e incorporales. Esto incluye, pero no se limita a, vehículos motorizados, maquinaria, equipamiento, activos tecnológicos y cualquier otro bien mueble registrable o no; (vi) La inversión en instrumentos financieros de renta fija o variable, con o sin presencia bursátil, tales como acciones, bonos, debentures, fondos de inversión públicos o privados, cuotas de fondos mutuos, criptomonedas, instrumentos derivados, o cualquier otro activo financiero disponible en el mercado nacional o internacional; (vii) Actuar como inversionista ángel, participar en rondas de financiamiento, capital de riesgo (venture capital) y apoyar proyectos de emprendimiento, innovación o desarrollo tecnológico; (viii) La administración de las mismas inversiones y la percepción de los beneficios o ganancias que de ellas se deriven; (ix) La sociedad podrá realizar actividades afectas y exentas de IVA, y para tales efectos, podrá desarrollar cualquier actividad comercial, civil, industrial, financiera o de servicios lícita en Chile o en el extranjero que directa o indirectamente se relacione con su objeto o sea útil para su desarrollo; adquirir, arrendar, gravar o enajenar bienes muebles o inmuebles; emitir, aceptar o negociar instrumentos de crédito y financieros; actuar como mandataria, representante, agente o comisionista; participar en licitaciones públicas o privadas; y en general, ejecutar cualquier actividad o negocio lícito que contribuya al cumplimiento de su objeto social. Para cumplir con todo lo anterior, la sociedad podrá realizar toda clase de actos que acuerden los socios y que digan relación con el objeto mencionado en esta cláusula; Capital: $1.000.000 de pesos dividido en 100 acciones, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley, el cual es suscrito y pagado de la siguiente forma: (i) DOMINGO ERRÁZURIZ LATORRE suscribe y paga la cantidad de 100 acciones, equivalente a la suma de $1.000.000 de pesos que se paga en este acto, en dinero efectivo y que se ingresa en arcas sociales; y Administración y Uso Razón Social: DOMINGO ERRÁZURIZ LATORRE con amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de mayo de 2026. Juan Ignacio San Martín S. NPT.