Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2026
- Notario
- JORGE EDUARDO MESSEN CONCHA
- Oficio
- Titula de la 2da Notaría de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Curicó
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley Nº 17.336
Objeto social
a) La producción fonográfica y musical, incluyendo la grabación, mezcla, masterización, edición y fijación de fonogramas y obras musicales de toda clase; b) La producción audiovisual, incluyendo la creación, dirección, edición, posproducción y distribución de videoclips, contenido digital, obras audiovisuales y cualquier otro contenido multimedia; c) La gestión, administración y explotación de derechos de propiedad intelectual, derechos de autor y derechos conexos sobre obras musicales, fonogramas, grabaciones audiovisuales y cualquier otro contenido protegido por la Ley Nº 17.336 sobre Propiedad Intelectual; d) La distribución digital y física de música y contenido audiovisual a través de plataformas de streaming, tiendas digitales, redes sociales y cualquier otro medio de comunicación o distribución, presente o futuro, incluyendo la explotación de obras en formatos emergentes tales como activos digitales, NFT, metaverso, realidad virtual y aumentada; e) El desarrollo, representación y management de artistas, autores, compositores, productores e intérpretes; f) La organización, producción y promoción de eventos, shows, conciertos y espectáculos musicales; g) La prestación de servicios de estudio de grabación, sonorización, mezcla, masterización y producción musical a terceros; h) La publicidad, el marketing digital y la gestión de imagen, redes sociales y presencia digital de artistas y del propio sello; i) La negociación, celebración y administración de contratos discográficos, editoriales, de licencia, de sincronización, de distribución y de cualquier otro tipo vinculado a la industria musical y del entretenimiento; j) La compraventa, importación, exportación y comercialización de equipos, instrumentos, vestuario, artículos promocionales y cualquier otro bien vinculado a la industria musical y audiovisual; k) La producción y explotación de podcast y todo tipo de contenido sonoro, hablado o musical; l) La administración, sub-edición y sub-publicación de catálogos musicales propios y de terceros; m) La inversión y participación en otras sociedades o emprendimientos relacionados con la industria del entretenimiento y la cultura; y n) Toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con la industria del entretenimiento, la música, la producción audiovisual y la cultura, que los accionistas acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE EDUARDO MESSEN CONCHA, Abogado, Notario Público Titula de la 2da Notaría de Curicó, con oficio en calle Estado 280, Curicó, Certifico: Que con fecha 10 de junio de 2026, Rep. N°2.253-2026, ante mí, don ÓSCAR BERNARDO SAN MARTÍN ALISTE, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad Nº17.882.974-2, domiciliado en Aguas Negras pasaje 46, N°881, comuna de Curicó; y don MAURICIO ALFREDO ANTONIO NORAMBUENA CAMPOS, chileno, soltero, músico, cédula de identidad Nº18.678.962-8, domiciliado en calle Lleuque N°2.656, sector Hacienda El Boldo, comuna de Curicó, constituyeron sociedad por acciones Nombre: “TRES TRECE SpA”, pudiendo utilizar también como nombre de fantasía “313 SpA”. Objeto: a) La producción fonográfica y musical, incluyendo la grabación, mezcla, masterización, edición y fijación de fonogramas y obras musicales de toda clase; b) La producción audiovisual, incluyendo la creación, dirección, edición, posproducción y distribución de videoclips, contenido digital, obras audiovisuales y cualquier otro contenido multimedia; c) La gestión, administración y explotación de derechos de propiedad intelectual, derechos de autor y derechos conexos sobre obras musicales, fonogramas, grabaciones audiovisuales y cualquier otro contenido protegido por la Ley Nº 17.336 sobre Propiedad Intelectual; d) La distribución digital y física de música y contenido audiovisual a través de plataformas de streaming, tiendas digitales, redes sociales y cualquier otro medio de comunicación o distribución, presente o futuro, incluyendo la explotación de obras en formatos emergentes tales como activos digitales, NFT, metaverso, realidad virtual y aumentada; e) El desarrollo, representación y management de artistas, autores, compositores, productores e intérpretes; f) La organización, producción y promoción de eventos, shows, conciertos y espectáculos musicales; g) La prestación de servicios de estudio de grabación, sonorización, mezcla, masterización y producción musical a terceros; h) La publicidad, el marketing digital y la gestión de imagen, redes sociales y presencia digital de artistas y del propio sello; i) La negociación, celebración y administración de contratos discográficos, editoriales, de licencia, de sincronización, de distribución y de cualquier otro tipo vinculado a la industria musical y del entretenimiento; j) La compraventa, importación, exportación y comercialización de equipos, instrumentos, vestuario, artículos promocionales y cualquier otro bien vinculado a la industria musical y audiovisual; k) La producción y explotación de podcast y todo tipo de contenido sonoro, hablado o musical; l) La administración, sub-edición y sub-publicación de catálogos musicales propios y de terceros; m) La inversión y participación en otras sociedades o emprendimientos relacionados con la industria del entretenimiento y la cultura; y n) Toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con la industria del entretenimiento, la música, la producción audiovisual y la cultura, que los accionistas acuerden. Capital: $3.000.000.- dividido en 3.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: don ÓSCAR BERNARDO SAN MARTÍN ALISTE, suscribe y paga 1.500 acciones que corresponden a la suma de $1.500.000.- equivalentes al 50% del capital social, ya ingresado en las arcas sociales; y don MAURICIO ALFREDO ANTONIO NORAMBUENA CAMPOS, suscribe y paga 1.500 acciones que corresponden a la suma de $1.500.000.- equivalentes al 50% del capital social, ya ingresado en las arcas sociales. Domicilio: Curicó, sin perjuicio de los domicilios especiales, oficinas, agencias o sucursales que se establezcan dentro del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Curicó, 17 de junio de 2026.