SYNC SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de abril de 2026
- Repertorio
- 3670
- Comuna
- Santiago
Objeto social
h) En general, la sociedad podrá ejecutar toda clase de actos, contratos, operaciones y negocios que sean necesarios, conducentes o relacionados directa o indirectamente con el objeto social”; 2) La compraventa de 50 acciones, representativas del 50% del capital social, de doña Rayén Tiare Arancibia Espinoza a don Diego Ignacio Arriagada Porras, ambos ya individualizados, quien se incorpora como accionista de la sociedad en la misma proporción que la primera. En todo lo no señalado del Estatuto y las modificaciones posteriores hasta este acto, regirán todas las estipulaciones sociales en cuanto no contradigan la actual modificación. Santiago, 16 de junio de 2026
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 22 de Abril de 2026, ante mí, comparecieron: RAYEN TIARE ARANCIBIA ESPINOZA, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad N° 18.798.436-K, y don DIEGO IGNACIO ARRIAGADA PORRAS, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, periodista, cédula nacional de identidad N° 16.476.979-8, con el objeto de modificar la Sociedad “SYNC SPA”, RUT N° 77.087.997-3, constituida con fecha 29 de agosto de 2019, por escritura pública otorgada ante notario titular don R. Alfredo Martin Illanes, bajo el repertorio N° 3670 de dicho año, e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 84.782 Nº 41.589 del año 2019. Posteriormente, saneada con fecha 16 de octubre de 2019, ante notario titular don R. Alfredo Martin Illanes, bajo el repertorio N° 4.451, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 85.032 N° 41.701 del año 2019. Luego, por escritura pública de fecha 12 de noviembre de 2019, ante notario titular don R. Alfredo Martin Illanes, cuyo extracto se inscribió a fojas 88593 N° 43606 del año 2019, se cambió la razón social; y por escritura pública de fecha 8 de febrero de 2021, otorgada en la Notaría de R. Alfredo Martin llanes, cuyo extracto se inscribió a fojas 12.937 N° 6.060 del año 2021, fueron modificados los estatutos de la sociedad. La modificación indicada consta de escritura pública de fecha 22 de abril de 2026, otorgada en esta Notaría, bajo el repertorio N° 6.501 de 2026, y contiene: 1) La modificación del objeto social, reemplazándose íntegramente el Artículo Tercero de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios en el área de comunicaciones, marketing, publicidad y marketing digital, incluyendo la planificación, diseño, ejecución, implementación, administración y optimización de estrategias de contenido y posicionamiento de marca. b) La creación, producción, grabación, edición y postproducción de contenido audiovisual, fotográfico, digital y multimedia, tanto en estudio como en terreno, incluyendo la participación activa en la generación de contenido para terceros. c) La administración y gestión de redes sociales, creación de contenido digital, community management, desarrollo de estrategias digitales, pauta publicitaria, campañas de marketing y posicionamiento en plataformas digitales. d) El desarrollo de identidad de marca, branding, diseño gráfico, brandbook, dirección creativa y conceptualización de marcas, así como asesorías estratégicas en comunicación y marketing. e) La prestación de servicios de publicidad digital, campañas pagadas, performance marketing, análisis de métricas, posicionamiento digital y optimización de resultados. f) La producción, organización y ejecución de proyectos creativos, audiovisuales y publicitarios. g) La prestación de servicios profesionales, técnicos y creativos relacionados con el objeto social. h) En general, la sociedad podrá ejecutar toda clase de actos, contratos, operaciones y negocios que sean necesarios, conducentes o relacionados directa o indirectamente con el objeto social”; 2) La compraventa de 50 acciones, representativas del 50% del capital social, de doña Rayén Tiare Arancibia Espinoza a don Diego Ignacio Arriagada Porras, ambos ya individualizados, quien se incorpora como accionista de la sociedad en la misma proporción que la primera. En todo lo no señalado del Estatuto y las modificaciones posteriores hasta este acto, regirán todas las estipulaciones sociales en cuanto no contradigan la actual modificación. Santiago, 16 de junio de 2026.