INVERSIONES SANTA RAQUEL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de junio de 2026
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 5 años desde fecha escritura, prorrogable automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años, forma prevista pacto social
Objeto social
Realización de toda clase de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos, debentures y toda clase de valores mobiliarios; la explotación de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; y, en general, cualquier otra actividad comercial o civil lícita que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN Y USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 05 de junio de 2026, Rep. N° 5.511-2026, ante mí, doña SOFÍA ANDREA URREA MOLINA y doña CONSTANZA ISABEL CÁRDENAS AGUIRRE, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. RAZÓN SOCIAL: "INVERSIONES SANTA RAQUEL LIMITADA", pudiendo actuar con nombre de fantasía "SANTA RAQUEL LTDA.". DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en el país o extranjero. OBJETO: Realización de toda clase de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos, debentures y toda clase de valores mobiliarios; la explotación de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; y, en general, cualquier otra actividad comercial o civil lícita que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a don OSCAR URREA LÓPEZ, con las más amplias facultades de administración y disposición detalladas en escritura extractada. CAPITAL: $1.000.000, que socias aportan y enteran en dinero efectivo este acto por partes iguales, esto es, $500.000 cada una, correspondiente al 50% del capital social para cada socia. DURACIÓN: 5 años desde fecha escritura, prorrogable automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años, forma prevista pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 08 de junio de 2026.