Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2026
- Repertorio
- 7396/2026
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La inversión de dineros y)o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de las mismas inversiones y el arriendo y venta de los mismos bienes; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven. La sociedad podrá participar en otras sociedades, nacionales o extranjeras, y realizar cualquier otra operación necesaria o conveniente para el cumplimiento de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 11/06/2026, Repertorio 7.396/2026, ante mi, Ruth Leontina Loyola Muñoz, Rut 8.729.922-8, domiciliada en Camino El Huinganal 2987, Lo Barnechea, Región Metropolitana, y Macarena Gallegos Loyola, Rut 17.700.871-0, domiciliada en Las Araucarias 1.733, dpto 318, Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones cuyas menciones son: A.- Nombre: Inversiones Ruma SpA, pudiendo usar para todos los fines nombre de fantasía Ruma SpA. B.- Objeto: La inversión de dineros y/o valores en toda clase de bienes muebles e inmuebles; corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, en cuotas o derechos en Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de las mismas inversiones y el arriendo y venta de los mismos bienes; y la percepción de los beneficios o ganancias que de las mismas inversiones se deriven. La sociedad podrá participar en otras sociedades, nacionales o extranjeras, y realizar cualquier otra operación necesaria o conveniente para el cumplimiento de su objeto.- C.- Capital: La suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en la forma indicada en la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 11 de Junio de 2026.