CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES RAÍCES DEL NORTE LIMITADA

CVE 2827754
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de junio de 2026
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de junio de 2026
Repertorio
12399/2026
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de 30 años, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por periodos iguales y sucesivos de 15 años, según escritura extractada

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La inversión de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores, instrumentos financieros, efectos de comercio y en derechos de otras sociedades u otros. y, b) Asimismo, la sociedad tendrá por objeto la explotación comercial, bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, y, en general, administrar y explotar en cualquier forma, toda clase de bienes raíces. ADMINISTRACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 09/06/2026, Repertorio 12.399/2026, ante mi, doña CLAUDIA RENEE COMPAGNON CARVAJAL, don ANTOINE MARCEL COMPAGNON CARVAJAL, doña GERALDINE CATALINA FRANCISCA COMPAGNON CARVAJAL, y don EDGART ALBERTO COMPAGNON AHUMADA, en representación de don EDGARD PHILIPPE COMPAGNON CARVAJAL, todos los anteriores domiciliados para estos efectos, en Av. Vitacura nº 5093, oficina 801, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES RAÍCES DEL NORTE LIMITADA”. La sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía “RAÍCES DEL NORTE LTDA.” OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La inversión de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, valores, instrumentos financieros, efectos de comercio y en derechos de otras sociedades u otros. y, b) Asimismo, la sociedad tendrá por objeto la explotación comercial, bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, y, en general, administrar y explotar en cualquier forma, toda clase de bienes raíces. ADMINISTRACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y REPRESENTACIÓN: Corresponderá conjuntamente a dos cualesquiera de los socios, doña CLAUDIA RENEE COMPAGNON CARVAJAL, don ANTOINE MARCEL COMPAGNON CARVAJAL, doña GERALDINE CATALINA FRANCISCA COMPAGNON CARVAJAL, y don EDGARD PHILIPPE COMPAGNON CARVAJAL, quienes representarán a la sociedad con amplias facultades de administración señaladas en escritura extractada. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enterarán en la siguiente forma: 1) CLAUDIA RENEE COMPAGNON CARVAJAL, aporta la suma de $250.000, equivalente al 25% del capital social. 2) ANTOINE MARCEL COMPAGNON CARVAJAL, aporta la suma de $250.000, equivalente al 25% del capital social. 3) GERALDINE CATALINA FRANCISCA COMPAGNON CARVAJAL, aporta la suma de $250.000, equivalente al 25% del capital social. 4) EDGARD PHILIPPE COMPAGNON CARVAJAL, aporta la suma de $250.000, equivalente al 25% del capital social. Todos los aportes se enteran en este acto en dinero en efectivo en la caja social. RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será de 30 años, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por periodos iguales y sucesivos de 15 años, según escritura extractada. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada./rdm