Inversiones Hornitos SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de mayo de 2026
- Repertorio
- 4477-2026
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- 5ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $347.946.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la 5ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida El Golf Nº99, oficina 101-B, Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 29 de mayo de 2026, Repertorio N°4.477-2026, Inversiones Alma SpA, rol único tributario Nº76.485.727-5, y Andes INN SpA, rol único tributario Nº78.255.626-6, en su calidad de únicos y actuales accionistas de Inversiones Hornitos SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 10.936, Nº4.578, del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2026, rol único tributario Nº78.358.892-7, acordaron modificar los estatutos sociales de la Sociedad, en el siguiente sentido: 1) Sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales, con el fin de permitir que las acciones emitidas por la Sociedad puedan pagarse, adicional al dinero efectivo, con la capitalización de créditos contra la Sociedad, denominados en pesos chilenos o moneda extranjera. En mérito de la modificación acordada, se reemplaza la segunda oración del Artículo Quinto, por la siguiente: “El capital social podrá pagarse en dinero efectivo o mediante la capitalización de créditos contra la Sociedad. El capital inicial y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad o del aumento, según corresponda. Si no se pagare oportunamente, al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado.”. 2) Aumentar el capital social de la Sociedad de la suma de $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $347.946.000.-, dividido en 347.946 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 346.946 nuevas acciones de pago, con un precio de colocación igual a $1.000.- por acción que deberán pagarse en la forma y plazo indicados en el Artículo Quinto de los estatutos sociales. 3) Habida cuenta de la modificación al Artículo Quinto de los estatutos sociales y el aumento de capital acordados, los accionistas vienen en fijar el texto refundido del Artículo Quinto de los estatutos sociales, quedando como sigue: “Artículo Quinto. Capital: El capital social asciende a la suma de $347.946.000.-, dividido en 347.946 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. El capital social podrá pagarse en dinero efectivo o mediante la capitalización de créditos contra la Sociedad. El capital inicial y sus posteriores aumentos deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad o del aumento, según corresponda. Si no se pagare oportunamente, al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado.”. En todo lo no expresamente modificado por la escritura, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 03 de junio de 2026. Magdalena Latorre Larraín, Notario Interino.