Servicios Industriales Jacobsen Sociedad de Responsabilidad Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2026
- Repertorio
- 2132-2026
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499.
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, con oficio en calle Castellón Nº116, Concepción, certifico: Que por escritura pública, repertorio N° 2132-2026, fecha 04 de Junio de 2026, comparecieron ante mí, Carmen Gabriela Jacobsen Flores, chilena, asistente de párvulos, casada, CI. 14.390.920-4, domicilio Avenida Campos de Bellavista N° 546, Casa 27, Condominio Matuketen II, Concepción, Alex Cantalicio Palomino González, chileno, técnico nivel superior máquinas y herramientas, CI.10.433.241-2, soltero, domicilio Salas N° 1541, Torre W, departamento 45, Concepción y Angelo Enrique Palomino González, chileno, empresario, casado, CI. N° 14.516.736-1, domicilio Calle Bulnes N° 1180, Departamento 302, Bloque C, Remodelación Eleuterio Ramírez, Concepción, expresaron que por escritura pública de 06.01.2026, otorgada ante don Pedro Enrique Hidalgo Sarzosa, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, oficio Calle Castellón N° 116, Concepción, comparecieron Carmen Gabriela Jacobsen Flores, chilena, asistente de párvulos, casada, CI. 14.390.920-4, domicilio Avenida Campos de Bellavista N° 546, Casa 27, Condominio Matuketen II, Concepción, Alex Cantalicio Palomino González, chileno, técnico nivel superior máquinas y herramientas, CI.10.433.241-2, soltero, domicilio Salas N° 1541, Torre W, departamento 45, Concepción y Angelo Enrique Palomino González, chileno, empresario, casado, CI. N° 14.516.736-1, domicilio Calle Bulnes N° 1180, Departamento 302, Bloque C, Remodelación Eleuterio Ramírez, Concepción, celebraron escritura de cesión de derechos y modificación de sociedad de responsabilidad limitada, Servicios Industriales Jacobsen Sociedad de Responsabilidad Limitada. El extracto de dicha escritura se publicó en el Diario Oficial de fecha 02 de febrero de 2026. Mediante escritura de fecha 13.03.2026, se rectificó extracto de la escritura de cesión de derechos y modificación de sociedad de responsabilidad limitada, Servicios Industriales Jacobsen Sociedad de Responsabilidad Limitada. El extracto de dicha escritura se publicó en el Diario Oficial de fecha 20.03.2026. Que el extracto de la referida escritura pública de fecha 06.01.2026, así como el extracto de la referida escritura pública de fecha 13.03.2026 no fueron inscritas en el Registro de Comercio dentro del plazo legal, tal omisión constituye un vicio formal de acuerdo a lo señalado por la Ley N° 19.499. Los comparecientes acogiéndose a las disposiciones contenidas en el artículo primero y siguientes de la Ley N° 19.499, vienen en sanear la nulidad derivada del vicio formal señalado, ratificando, además, en este acto las voluntades contenidas en la referida escritura pública de fecha 06.01.2026, saneándose de esa forma el vicio en el cual se incurrió al no haberse inscrito los referidos extractos en el Registro de Comercio dentro del plazo legal. Demás estipulaciones escritura social. 04 de junio de 2026.