Santería San Mateo Apóstol SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de mayo de 2026
- Repertorio
- 2557-2026
- Notario
- MODIFICACIÓN SANTERIA SAN MATEO APÓSTOL SpA ABDALLAH FERNANDEZ ATUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Osorno
- Comuna
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| PARROQUIA SAN MATEO APÓSTOL | socio | 82968000-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMODIFICACIÓN SANTERIA SAN MATEO APÓSTOL SpA ABDALLAH FERNANDEZ ATUEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Osorno, de este domicilio, Avenida Nueva Mackenna N° 871, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 22 de mayo de 2026, Repertorio 2557-2026, ante mí, don PATRICIO EDUARDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ, en representación de PARROQUIA SAN MATEO APÓSTOL, R.U.T. N° 82.968.000-9, en su calidad de única y actual accionista de SANTERIA SAN MATEO APÓSTOL SpA, constituida por escritura pública de fecha 20 de octubre de 2014, Repertorio 4889-2014, otorgada en la Notaría de Osorno de don Harry Winter Aguilera, inscrita a fojas 693 vuelta N° 402 del Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 30 de octubre de 2014. Modificada mediante escritura pública otorgada en la Notaría de Osorno de don Harry Winter Aguilera, inscrita a fojas 452 N° 209 del Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno y cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 30 de octubre de 2019. El compareciente en representación del único accionista de la sociedad Santeria San Mateo Apóstol SpA, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 427 del Código de Comercio, acuerda modificar el estatuto de la Sociedad en los siguientes términos: Se modifica la cláusula SÉPTIMA de los estatutos, relativa a la administración, representación y uso de la razón social, en el sentido que el administrador será designado por acuerdo de la Junta de Accionistas o mediante Acta de Acuerdo de Accionistas, dicho acuerdo deberá ser reducido a escritura pública. La representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá al administrador designado, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, así como la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenciones y, en general, realizar todos los negocios y operaciones que se relacionen o no con el objeto de la Sociedad, sin limitación de ninguna naturaleza, incluso contratar consigo mismo, con las demás facultades que se detallan en la escritura extractada. Se deja constancia de que el capital social se mantiene en $5.000.000, dividido en 5.000 acciones ordinarias de la misma serie, sin valor nominal. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Osorno, a 09 de junio de 2026.