INVERSIONES Y ASESORÍAS SOUTH CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de junio de 2026
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: Por escritura de 01 de junio de 2026, ante mí, don FELIPE EDUARDO ALMENDRAS MALDONADO, veterinario, cédula de identidad número diez millones quinientos sesenta y un mil setecientos treinta y tres guion K; y, doña MARCELA EUGENIA MODINGER RUÍZ DE LOYZAGA, secretaria, cédula de identidad número doce millones quinientos treinta y cuatro mil ciento noventa y siete guion siete, ambos con domicilio en Av. Gramado sin número, Parcela 16, Puerto Varas, modificaron INVERSIONES Y ASESORÍAS SOUTH CHILE LIMITADA, inscrita a fojas 78 N°87 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas correspondiente al año 2000, siguiente sentido: sustituyeron el Artículo Cuarto, relativo al objeto social de la Sociedad, por el siguiente: "Artículo Cuarto: El objeto de la Sociedad será la inversiones de capitales en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, acciones, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, cualquiera sea su objeto y en toda clase de títulos, o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos; explotarlos directamente o por intermedio de terceros, en cualquier forma, sea por arrendamiento u otra forma; administrar dichas inversiones, obtener rentas; formar parte de otras sociedades, constituirlas, modificarlas y asumir la administración de las mismas. Además, la Sociedad podrá dedicarse a la producción por si o a través de terceros de todo tipo de mezclas de aditivos nutricionales para la alimentación animal, sea líquidos o en polvo, y la producción masiva de los mismos y su explotación comercial. Finalmente, la Sociedad podrá ejecutar todo negocio relacionado directa o indirectamente con los anteriores y que los socios acuerden.?. En todo lo demás mantienen su vigencia las estipulaciones del estatuto social. Otras estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 04 de junio de 2026.