Instrumento
- Fecha
- 28 de mayo de 2026
- Notario
- Ricardo Fontecilla Gallardo
- Oficio
- Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue
- Comuna
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $150.000.000 CLP
- Domicilio
- Puerto Varas
- Duración
- cinco años a contar fecha escritura, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, salvo voluntad contraria de accionista manifestada en forma y plazo señalado en escritura extractada
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la ejecución de las siguientes actividades: A) Efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir, a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles necesarios al objeto indicado; B) La realización de toda clase de inversiones con fines rentísticos en Chile o en el extranjero, en todo tipo de empresas, y en bienes raíces o muebles, así como la compra, venta, adquisición, enajenación, explotación, arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y la realización de inversiones permanentes o de renta en dicha clase de bienes, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, la conservación y administración de los mismos con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles; C) La adquisición, enajenación y arrendamiento de bienes raíces, sean rurales o urbanos, y bienes muebles de todo tipo, incluidos los vehículos motorizados, y, en general, ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos que sean necesarios para el objeto y desarrollo del giro de la sociedad
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social le corresponde a doña ELBA NEGRÓN VERA, con las más amplias facultades de administración y de disposición de bienes señaladas en escritura extractada. En caso de fallecimiento, deterioro o alteración de las facultades mentales, que le hagan imposible ejercer la administración a la representante doña Elba Negrón Vera, ya individualizada, la administración y representación de la sociedad se radicará de pleno derecho y sin más trámites y con las mismas facultades, en doña María Cristina Flores Negrón.- Llanquihue, 9 de junio de 2026
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRicardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, Avenida Vicente Pérez Rosales Nº213, certifico por escritura pública ante mí, de fecha 28 de Mayo de 2026, doña ELBA NEGRÓN VERA, chilena, viuda, dueña de casa, cédula de identidad número cinco millones quinientos cincuenta mil seiscientos setenta y seis guion cero, domiciliada en calle Nueva Diez número cinco mil ciento ocho, sector Valle Volcanes, comuna Puerto Montt, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, constituyó sociedad por acciones que se regirá por las disposiciones del Código de Comercio, y en especial por los estatutos cuyas menciones relevantes se indican a continuación: RAZÓN SOCIAL: INVERSIONES CHUCAO SpA. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto la ejecución de las siguientes actividades: A) Efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir, a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles necesarios al objeto indicado; B) La realización de toda clase de inversiones con fines rentísticos en Chile o en el extranjero, en todo tipo de empresas, y en bienes raíces o muebles, así como la compra, venta, adquisición, enajenación, explotación, arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y la realización de inversiones permanentes o de renta en dicha clase de bienes, corporales o incorporales, por cuenta propia o ajena, la conservación y administración de los mismos con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles; C) La adquisición, enajenación y arrendamiento de bienes raíces, sean rurales o urbanos, y bienes muebles de todo tipo, incluidos los vehículos motorizados, y, en general, ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos que sean necesarios para el objeto y desarrollo del giro de la sociedad. DOMICILIO: Puerto Varas, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: cinco años a contar fecha escritura, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años, salvo voluntad contraria de accionista manifestada en forma y plazo señalado en escritura extractada. CAPITAL: $150.000.000, divididos en 150 acciones, de una misma serie, de un millón de pesos cada una, íntegramente suscrito y pagado íntegramente por la accionista doña ELBA NEGRÓN VERA, de la siguiente manera: mediante la suscripción y pago de ciento cincuenta acciones, equivalentes al cien por ciento del capital, cantidad que se suscribe y paga en su totalidad con el aporte del dominio pleno del inmueble singularizado en el artículo primero transitorio de los Estatutos, constituyendo la suma de su avalúo de aportación el monto total del capital. ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y el uso de la razón social le corresponde a doña ELBA NEGRÓN VERA, con las más amplias facultades de administración y de disposición de bienes señaladas en escritura extractada. En caso de fallecimiento, deterioro o alteración de las facultades mentales, que le hagan imposible ejercer la administración a la representante doña Elba Negrón Vera, ya individualizada, la administración y representación de la sociedad se radicará de pleno derecho y sin más trámites y con las mismas facultades, en doña María Cristina Flores Negrón.- Llanquihue, 9 de junio de 2026.