CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

G Y G LIMITADA

RUT 9048368-4 CVE 2827042
Capital
$300.000 CLP
Fecha instrumento
16 de junio de 2026
Notaría
Castro
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de junio de 2026
Notario
CRISTOPHER ANDRES ROLACK FUENTES
Oficio
Segunda Notaria de Castro
Comuna
Castro

Sociedad

Capital
$300.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad sera la comuna de Castro, Region de Los Lagos, fijandose para efectos de su inscripcion en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Castro dicha jurisdiccion
Duración
La sociedad tendra una duracion de cinco años, contados desde la fecha de la escritura, renovable tacita y sucesivamente por periodos iguales, salvo manifestacion de voluntad en contrario en la forma pactada en la escritura social

Objeto social

La sociedad tendra por objeto la realizacion de actividades comerciales, inmobiliarias, de inversion, administracion, explotacion, arrendamiento, construccion, servicios, asesorias, adquisicion y enajenacion de bienes muebles e inmuebles, derechos sociales, acciones, instrumentos financieros y, en general, la ejecucion de todo acto o contrato licito relacionado directa o indirectamente con los giros señalados

Administración

La administracion, representacion y uso de la razon social correspondera a ambos socios, don RENAN HERMOGENES GONZALEZ RAMIREZ y don RENAN MARCELO GONZALEZ GONZALEZ, quienes podran actuar conjunta, separada o indistintamente, anteponiendo la razon social a sus firmas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CRISTOPHER ANDRES ROLACK FUENTES, Notario Publico Titular de la Segunda Notaria de Castro, con oficio en Gamboa 481, comuna de Castro, certifico: Por escritura publica de fecha 16 de junio de 2026, Repertorio Numero 1615-2026, otorgada ante mi, se constituyó una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: RAZON SOCIAL: G Y G LIMITADA, pudiendo actuar tambien con el nombre de fantasia G Y G LTDA. SOCIOS: Don RENAN HERMOGENES GONZALEZ RAMIREZ, cedula nacional de identidad numero 9.048.368-4, domiciliado en Ruta W-cuatrocientos sesenta, kilometro dos coma siete, sector rural Piruquina, comuna de Castro; y don RENAN MARCELO GONZALEZ GONZALEZ, cedula nacional de identidad numero 16.165.401-9, domiciliado en Ruta W-cuatrocientos sesenta, kilometro dos coma siete, sector rural Piruquina, comuna de Castro. OBJETO: La sociedad tendra por objeto la realizacion de actividades comerciales, inmobiliarias, de inversion, administracion, explotacion, arrendamiento, construccion, servicios, asesorias, adquisicion y enajenacion de bienes muebles e inmuebles, derechos sociales, acciones, instrumentos financieros y, en general, la ejecucion de todo acto o contrato licito relacionado directa o indirectamente con los giros señalados. ADMINISTRACION: La administracion, representacion y uso de la razon social correspondera a ambos socios, don RENAN HERMOGENES GONZALEZ RAMIREZ y don RENAN MARCELO GONZALEZ GONZALEZ, quienes podran actuar conjunta, separada o indistintamente, anteponiendo la razon social a sus firmas. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad sera la comuna de Castro, Region de Los Lagos, fijandose para efectos de su inscripcion en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raices de Castro dicha jurisdiccion. DURACION: La sociedad tendra una duracion de cinco años, contados desde la fecha de la escritura, renovable tacita y sucesivamente por periodos iguales, salvo manifestacion de voluntad en contrario en la forma pactada en la escritura social. CAPITAL: El capital social sera la suma de $300.000.000 de pesos, que los socios suscriben y aportan de la siguiente forma: don RENAN MARCELO GONZALEZ GONZALEZ aporta $210.000.000, equivalentes al 70% del capital social, mediante aporte en dinero efectivo por $60.000.000, a enterar dentro del plazo de diez años, y mediante aporte en dominio de inmuebles valorizados de comun acuerdo en $150.000.000; y don RENAN HERMOGENES GONZALEZ RAMIREZ aporta $90.000.000, equivalentes al 30% del capital social, mediante aporte en dominio de inmuebles valorizados de comun acuerdo en dicha suma. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. DEMAS ESTIPULACIONES constan en la escritura extractada. Doy fe. Castro, 16 de junio de 2026.