Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2026
- Repertorio
- 2326-2026
- Notario
- Alejandro Javier Guerra Pinto
- Oficio
- 1º Notaria de Independencia
- Comuna
- Independencia
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Javier Guerra Pinto, Notario Público, Titular de la 1º Notaria de Independencia, con oficio en Av. Independencia 873, certifico que, por escritura pública de fecha 11 de junio de 2026, Repertorio N°2326-2026, ante mí, María Loreto Andrea Corral Jofré, cédula nacional de identidad número 10.558.580-2, Andrea Julieta Muller Sepúlveda, cédula nacional de identidad número 15.640.807-7 y Valentina Isidora Muller Sepulveda, cédula nacional de identidad número 17.702.206-3 constituyeron una Sociedad por Acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “Andes Power SpA”.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La investigación, desarrollo, formulación, elaboración, fabricación, producción, importación, exportación, almacenamiento, distribución, representación, comercialización y venta, al por mayor o al detalle, por cualquier medio físico o digital, incluyendo comercio electrónico y marketplaces, de suplementos alimenticios, alimentos, snacks, bebidas y productos nutricionales, dietéticos, funcionales o terapéuticos destinados a mascotas, otros animales o seres humanos; b) La producción, importación, exportación, distribución y comercialización de productos cosméticos, de higiene, bienestar y cuidado personal o animal, accesorios, dispositivos tecnológicos incluyendo sistemas de geolocalización u otros dispositivos electrónicos, vestuario y, en general, cualquier producto relacionado con el bienestar y la calidad de vida de animales y personas; c) Realizar actividades de investigación científica, desarrollo experimental, estudios, ensayos y proyectos de innovación vinculados a la nutrición, salud y bienestar animal o humano, prestar servicios de asesoría y consultoría en dichas materias, crear y explotar plataformas digitales, aplicaciones, marketplaces y comunidades virtuales, generar contenidos y actuar como intermediaria entre usuarios y prestadores de servicios relacionados con dichas actividades; d) Recopilar, almacenar y tratar datos conforme a la normativa vigente, adquirir, registrar, explotar, licenciar o ceder derechos de propiedad intelectual e industrial, participar en otras sociedades o emprendimientos y; e) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos civiles o comerciales que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social. - Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.200.000, dividido en 300 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal. El Capital deberá ser suscrito y pagado dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de junio de 2026.