Instrumento
- Fecha
- 18 de mayo de 2026
- Repertorio
- 418-2026
- Notario
- GUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Domicilio
- la comuna de San Francisco de Mostazal, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto a) La explotación agrícola, ganadera, forestal, agroindustrial y frutícola, de predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; b) Compra, venta, arrendamiento, producción, comercialización y distribución de productos agrícolas, ganaderos, forestales, hortofrutícolas, abarrotes y otros insumos básicos; c) Transporte de carga y de personal para el desarrollo de actividades agrícolas, ganaderas y forestales; d) Prestación de servicios y asesorías en los rubros antes señalados; e) La avicultura, apicultura, horticultura, silvicultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura, cultivos en general y productos de mercado; f) La compra y venta de todo tipo de animales, para la cría, la invernada, el talaje; g) La importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales; h) La realización de toda clase de negocios relacionados como los servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; j) Actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; k) Realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos rurales o urbanos, administrarlos, gestionarlos y percibir sus frutos o rentas; construir en ellos; subdividirlos, lotearlos y urbanizarlos ya sea para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales; l) Todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; m) Celebrar toda clase de actos y contratos relacionados o no con los objetivos antes señalados, incluyendo la participación de cualquier forma en todo tipo de sociedades, como así mismo toda otra actividad que él o los socios determinen
Administración
La sociedad será administrará por dos administradores, que serán doña MARLENE VERÓNICA VILLAGRÁN RIVERA y doña NATHALY DIANA VILLAGRÁN VILLAGRÁN
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUILLERMO CRISTIAN PEREZ DIAZ, Notario Público Titular Cuarta Notaría de Rancagua, Avenida La Compañía N°066 Graneros, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de Mayo de 2026, ante el Notario Suplente doña Paulina Celis Catalán, Repertorio N°418-2026; doña MARLENE VERÓNICA VILLAGRÁN RIVERA, chilena, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos veinte mil cuatrocientos cincuenta y ocho guion siete, casada, dirección pasaje Isla Mamiña número ocho mil novecientos cuarenta y nueve, comuna de Pudahuel, de paso por esta, Región Metropolitana; doña NATHALY DIANA VILLAGRÁN VILLAGRÁN, chilena, cédula nacional de identidad número quince millones novecientos cuarenta y un mil ciento cincuenta y uno guion seis, casada, dirección Syrah número mil quinientos once, comuna de Padre Hurtado, de paso por esta, Región Metropolitana, constituyen sociedad por acciones, conforme extracto: Nombre: “VILLAGRÁN & VILLAGRÁN SpA” pudiendo ocupar el nombre de fantasía “V & V SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto a) La explotación agrícola, ganadera, forestal, agroindustrial y frutícola, de predios propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros; b) Compra, venta, arrendamiento, producción, comercialización y distribución de productos agrícolas, ganaderos, forestales, hortofrutícolas, abarrotes y otros insumos básicos; c) Transporte de carga y de personal para el desarrollo de actividades agrícolas, ganaderas y forestales; d) Prestación de servicios y asesorías en los rubros antes señalados; e) La avicultura, apicultura, horticultura, silvicultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura, cultivos en general y productos de mercado; f) La compra y venta de todo tipo de animales, para la cría, la invernada, el talaje; g) La importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales; h) La realización de toda clase de negocios relacionados como los servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; j) Actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; k) Realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos rurales o urbanos, administrarlos, gestionarlos y percibir sus frutos o rentas; construir en ellos; subdividirlos, lotearlos y urbanizarlos ya sea para fines habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas o forestales; l) Todo lo relacionado, de cualquier manera, en la actualidad o en el futuro, con lo indicado en las letras anteriores y en general, la realización de todas las actividades relacionadas con los fines sociales; m) Celebrar toda clase de actos y contratos relacionados o no con los objetivos antes señalados, incluyendo la participación de cualquier forma en todo tipo de sociedades, como así mismo toda otra actividad que él o los socios determinen.- Capital: El capital de la Sociedad es la suma de veinte millones de pesos. Dividido en cinco mil acciones iguales, de una misma serie, y sin valor nominal, que se suscriben y pagan, en dinero efectivo en este acto.- Administración: La sociedad será administrará por dos administradores, que serán doña MARLENE VERÓNICA VILLAGRÁN RIVERA y doña NATHALY DIANA VILLAGRÁN VILLAGRÁN.- Vigencia: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá un plazo de duración indefinida.- Domicilio: Su domicilio será en la comuna de San Francisco de Mostazal, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Graneros, 15 de Junio de 2026.