Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Divine Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de mayo de 2026
- Repertorio
- 2442-2026
- Notario
- FRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA
- Oficio
- 15ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $999.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBEN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino de la 15ª Notaria de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández Nº201, oficinas 101 y 102, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de Mayo de 2026, repertorio Nº 2442- 2026, otorgada ante mí, Norma Ester Allendes Ladrón de Guevara, Valeria Esperanza Herrera Allendes, Andrés Ignacio Herrera Allendes y Francisca Paz Herrera Allendes, todos domiciliados en calle Isidorita N° 177, comuna de Providencia, Región Metropolitana, únicos y actuales socios de la sociedad “Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Divine Limitada”, inscrita a Fojas 31.227, N° 21.357 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2009, acordaron modificar la sociedad como sigue: 1) Aumento de Capital. Aumentaron el capital social en la cantidad de $999.000.000, que se pagará de la siguiente manera: a) Doña Valeria Esperanza Herrera Allendes aportó la cantidad de $333.000.000, que, con el consentimiento de los otros socios, se obligó a pagar, en dinero efectivo y/o en especies, dentro del plazo máximo de 6 años contados desde la fecha de la escritura extractada; b) Don Andrés Ignacio Herrera Allendes aportó la cantidad de $333.000.000, que, con el consentimiento de los otros socios, se obligó a pagar, en dinero efectivo y/o en especies, dentro del plazo máximo de 6 años contados desde la fecha de la escritura extractada; y c) Doña Valeria Esperanza Herrera Allendes aportó la cantidad de $333.000.000, que, con el consentimiento de los otros socios, se obligó a pagar, en dinero efectivo y/o en especies, dentro del plazo máximo de 6 años contados desde la fecha de la escritura extractada. 2) Modificación de estatutos. Sustituyeron el texto del Artículo Quinto, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $999.500.000, que los socios aportan y pagan, de la siguiente forma: a) Doña Norma Ester Allendes Ladrón de Guevara aportó la cantidad de $425.000, equivalentes al 0,043% del capital social, pagados e ingresados a la caja social; b) Doña Valeria Esperanza Herrera Allendes aportó la cantidad $333.025.000, equivalentes al 33,319% del capital social, de los cuales: i) la cantidad de $25.000 se encuentran pagados e ingresados a la caja social; y ii) la cantidad de $333.000.000 que se obliga a pagar dentro del plazo máximo de 6 años contados desde el día 26 de Mayo de 2026; c) Don Andrés Ignacio Herrera Allendes aportó la cantidad $333.025.000, equivalentes al 33,319% del capital social, de los cuales: i) la cantidad de $25.000 se encuentran pagados e ingresados a la caja social; y ii) la cantidad de $333.000.000 que se obliga a pagar dentro del plazo máximo de 6 años contados desde el día 26 de Mayo de 2026; y d) Doña Francisca Paz Herrera Allendes aportó la cantidad $333.025.000, equivalentes al 33,319% del capital social, de los cuales: i) la cantidad de $25.000 se encuentran pagados e ingresados a la caja social; y ii) la cantidad de $333.000.000 que se obliga a pagar dentro del plazo máximo de 6 años contados desde el día 26 de Mayo de 2026.”. En todo aquello que no ha sido modificado anteriormente, subsiste y produce plenos efectos el pacto social de la “Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Divine Limitada”, especialmente que los socios limitan su responsabilidad personal por las obligaciones sociales al monto de sus respectivos aportes a la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de Junio de 2026.