CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria PCV SpA

CVE 2826027
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
11 de junio de 2026
Notaría
Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN

Instrumento

Fecha
11 de junio de 2026
Notario
JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO
Oficio
titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER
Comuna
Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JUAN FRANCISCO ALAMOS OVEJERO, Abogado, Notario Público, Suplente del titular de la Cuadragésima Quinta Notaría de Santiago don JUAN IGNACIO SAN MARTÍN SCHRÖDER, domiciliado en esta ciudad, calle Miraflores número doscientos veintidós, undécimo piso, certifico: que por escritura pública de fecha 11 de junio de 2026, ante el Notario Titular Juan Ignacio San Martín Schröder, don PABLO ALEJANDRO CHACÓN VALENZUELA domiciliado, para estos efectos, en Nuestra Señora de Los Ángeles 159, departamento 93, comuna de Las Condes, Santiago; constituyó una sociedad por acciones de conformidad con artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos extracto: Nombre: Inmobiliaria PCV SpA Objeto: La sociedad tendrá por objeto: i) el desarrollo de toda clase de negocios inmobiliarios, especialmente, el corretaje de propiedades y la intermediación en la venta, compra y arrendamiento de bienes raíces y la inversión en esta misma clase de bienes; ii) la administración, construcción, remodelación, venta, comercialización y arriendo de terrenos e inmuebles, amoblados y no amblados, destinados a oficinas, habitación, comercio y/o a cualquier otro fin y iii) el desarrollo de cualquier otra actividad que tenga relación directa o indirecta con las actividades antes mencionadas. Capital: $500.000 dividido en 500 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por don Pablo Alejandro Chacón Valenzuela, que pagará dentro del plazo de 2 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para legalización. Santiago, 15 de junio de 2026.