COMERCIAL ROVEG CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de mayo de 2026
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que por escritura pública de fecha 27 de mayo de 2026, ante mí, bajo el Repertorio Número 7312-2026, don MATÍAS EDUARDO ARAYA VARELA, en representación de don HENDRIK ROODENBURG y de la sociedad ROVEG FRUIT B.V., ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Nueva de Lyon número 145, piso 11, comuna de Providencia, Región Metropolitana; B.V., únicos socios de la sociedad "COMERCIAL ROVEG CHILE LIMITADA", acordaron la disolución de común acuerdo y la total liquidación de la referida sociedad. Antecedentes Sociales: La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 13 de octubre del año 2009, suscrita en la Notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, cuyo extracto se inscribió a fojas 50.734 número 35.157 en el Registro de Comercio del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial el 24 de octubre del mismo año. La sociedad fue modificada con fecha 12 de abril del año 2024, por escritura otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas 33.165 número 13.997 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2024 y se publicó el 22 de abril del mismo año en el Diario Oficial. Acuerdo de Disolución y Liquidación: En atención al término de giro de la sociedad certificado por el Servicio de Impuestos Internos con fecha 6 de mayo de 2026 bajo el folio número 951842453, a contar del 31 de octubre del año 2025, los actuales y únicos socios acordaron disolver la sociedad de común acuerdo y proceder a su liquidación. Liquidación, Adjudicación y Finiquito: Para efectos de la liquidación, las partes tomaron en consideración el Balance Tributario confeccionado al mes de octubre de 2025. En virtud de dicho estado contable, se procedió a realizar la adjudicación de la totalidad de los activos corporales y disponibles de la sociedad y el traspaso con asunción expresa de la totalidad de los pasivos exigibles de la sociedad al socio mayoritario ROVEG FRUIT B.V., quien los aceptó y asumió para sí. Consecuentemente, al no existir más patrimonio ni bienes que adjudicar, los socios declararon totalmente disuelta y liquidada la sociedad, otorgándose recíprocamente el más completo, total y absoluto finiquito, dejando constancia que nada se adeudan unas de otras, ni tienen cargo alguno que formularse con ocasión de la presente disolución y liquidación de Comercial Roveg Chile Limitada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 9 de junio de 2026.