MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA EL DESCANSO LIMITADA

RUT 76649570-2 CVE 2825855
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
22 de mayo de 2026
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de mayo de 2026
Repertorio
1615-2026
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
El domicilio será en la comuna de Coínco. 3
Duración
La duración de la sociedad será cinco años renovables por períodos iguales y sucesivos. 4

Objeto social

a) La inversión o explotación de predios agrícolas, propios o ajenos, la comercialización y producción de productos agrícolas, como insumos destinados a dicha actividad, la deshidratación de frutas, importación y comercialización de los mismos, pudiendo realizar cualquier actividad relacionada con la agricultura; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes y en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; c) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial la compra, venta, distribución, importación, exportación, reparación, mantención, almacenamiento y comercialización, de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; la representación de empresas nacionales y extranjeras; y d) La realización de toda otra clase de actividades relativas al giro ordinario que la sociedad decida. 5. Capital y acciones: El capital de la sociedad será la suma de $5.000.000 de pesos, divididos en 5.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado por el accionista de la siguiente forma a) Don ALEJANDRO MANUEL ROJAS HEREBIA, suscribe y paga la suma de $5.000.000 de pesos, correspondiente a 5.000 acciones, sin valor nominal, que paga en este acto al contado, en dinero en efectivo y que ha ingresado a la caja social. 6

Administración

Don Alejandro Manuel Rojas Herebia, quien administrará y representará a la sociedad con las facultades establecidas en el Artículo Octavo del Estatuto Social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE SCHWENKE ZÚÑIGA, Titular 2º Notaría Rancagua, Bueras 359 Of. 102, Certifico: Que por escritura pública Repertorio número 2116-2026, de fecha 22-05-2026, ante mí: Don ALEJANDRO MANUEL ROJAS HEREBIA, domiciliado para estos efectos en calle La Cabrería N° 577, Coinco; en su calidad de socio de la sociedad “AGRICOLA EL DESCANSO LIMITADA”, Rut N° 76.649.570-2, Capital inicial: $5.000.000 de pesos, inscrita a fojas 370 vuelta N° 511 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2006 y se publicó en el Diario Oficial N° 38.575 de fecha 28 de Septiembre del año 2006 (en adelante, la “Sociedad”). Actualmente el único socio de la sociedad es don ALEJANDRO MANUEL ROJAS HEREBIA, con el 100% de los derechos sociales, al haber adquirido los derechos que a la sucesión de doña Miriam Rojas Olguín le correspondían en la sociedad y que fueron adquiridos por la sucesión en partes iguales por doña Patricia del Carmen Olguin Pinto y don Alejandro Manuel Rojas Herebia en virtud de la escritura de partición y adjudicación repertorio 1615-2026. Como consecuencia de la muerte de la socia Miriam Alejandra Rojas Olguín, de la herencia de los bienes y la correspondiente liquidación y partición de los derechos sociales que le correspondían a la socia en la sociedad que da cuenta la cláusula precedente, don Alejandro Manuel Rojas Herebia, ostenta el 100% de los derechos, en la sociedad de responsabilidad limitada objeto del presente instrumento y en virtud de haberse radicado en él, la totalidad de los derechos, que da cuenta la escritura ya citada, y de esta forma, perdiendo la naturaleza jurídica de este tipo de entidades, el socio don Alejandro Manuel Rojas Herebia, acordó las siguientes modificaciones sociales: A) Transformación Societaria: Don Alejandro Manuel Rojas Herebia, chileno, soltero, agricultor, cédula de identidad número 6.602.859-3, con domicilio en Calle La Cabrería número 577, comuna de Coínco, viene en transformar la Sociedad, en una sociedad por acciones, la que se regirá por las siguientes disposiciones: 1. Nombre: “AGRICOLA EL DESCANSO SpA”, pudiendo utilizar también para fines comerciales, publicitarios, de propaganda, bancarios o cualquiera otro que estimen conveniente, ante cualquier persona, sea natural o jurídica, el nombre de fantasía "EL DESCANSO SpA”. 2. Domicilio: El domicilio será en la comuna de Coínco. 3. Duración: La duración de la sociedad será cinco años renovables por períodos iguales y sucesivos. 4. Objeto: a) La inversión o explotación de predios agrícolas, propios o ajenos, la comercialización y producción de productos agrícolas, como insumos destinados a dicha actividad, la deshidratación de frutas, importación y comercialización de los mismos, pudiendo realizar cualquier actividad relacionada con la agricultura; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes y en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; c) El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial la compra, venta, distribución, importación, exportación, reparación, mantención, almacenamiento y comercialización, de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena; la representación de empresas nacionales y extranjeras; y d) La realización de toda otra clase de actividades relativas al giro ordinario que la sociedad decida. 5. Capital y acciones: El capital de la sociedad será la suma de $5.000.000 de pesos, divididos en 5.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado por el accionista de la siguiente forma a) Don ALEJANDRO MANUEL ROJAS HEREBIA, suscribe y paga la suma de $5.000.000 de pesos, correspondiente a 5.000 acciones, sin valor nominal, que paga en este acto al contado, en dinero en efectivo y que ha ingresado a la caja social. 6. Administración: Don Alejandro Manuel Rojas Herebia, quien administrará y representará a la sociedad con las facultades establecidas en el Artículo Octavo del Estatuto Social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 11 de junio del 2026.