CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

WPP ANTOFAGASTA SpA

CVE 2825290
Capital
$4.901.879.733 CLP
Fecha instrumento
30 de abril de 2026
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de abril de 2026
Repertorio
7542-2026
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
Oficio
49° Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.901.879.733 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Notario Público Titular, 49° Notaria Santiago, Amunategui N° 73, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 30 de abril de 2026, bajo el repertorio N° 7.542-2026, ante mí, se redujo la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “BURSON COHN & WOLFE CHILE SpA” inscrita a fojas 12.346 número 9.941 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1999 (en adelante la “Sociedad”), celebrada ante mí el 30 de abril de 2026, en la que, YOUNG & RUBICAM INTERNATIONAL GROUP B.V. y YOUNG & RUBICAM LLC únicos accionistas de la Sociedad, de acuerdo al registro de accionistas tenido a la vista, acordaron dividir la Sociedad en dos sociedades por acciones, una que será ella misma, continuadora legal de la actual Sociedad, que conservará su nombre, Rol Único Tributario y personalidad jurídica; y constituyéndose una nueva sociedad por acciones, la que se denominará WPP ANTOFAGASTA SpA, la que se regirá por los estatutos que se extractan a continuación: Razón Social: WPP ANTOFAGASTA SpA; Objeto: La sociedad tendrá por objeto: efectuar toda clase de inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia, en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, derechos sociales, acciones, bonos, cuotas de fondos, instrumentos financieros y, en general, en toda clase de títulos de crédito y efectos de comercio; Capital: El capital social asciende a la suma de $4.901.879.733, dividido en un 1.000.000 de acciones ordinarias, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado con cargo a la parte del capital de la Sociedad que se le asigna con motivo de la división. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 29 de mayo de 2026.